Abogados

Requieren al STJ suspender protocolo de oralidad

sábado 17 de septiembre de 2022 | 6:04hs.

El Colegio de Abogados de Misiones requirió al Superior Tribunal de Justicia la suspensión del protocolo de oralidad y planteó la inconstitucionalidad de la acordada 139/2019.

Tal posición fue adaptado luego de la reunión de la Comisión Directiva, donde se analizó el protocolo de oralidad y gestión de pruebas en los procesos civiles y comerciales aprobado por acordada 139/2019 y cuya vigencia fue fijada para el 1 de septiembre. “Hemos concluido de manera unánime que la aplicación, en la forma y con el alcance que se pretende aplicar no solo resulta lesivo del orden constitucional en virtud de exceder las facultades reglamentarias invadiendo la esfera de atribuciones propias del Poder Legislativo, sino que además entendemos resultará ampliamente perjudicial para el servicio de justicia, incrementará de modo exponencial la mora judicial y afectará en definitiva el ejercicio profesional de nuestros colegiados”, sostiene el escrito firmado por el presidente del Colegio, Fernando Orbe.

Más adelante cuestionan que tal decisión se había tomado sin previa intervención del Colegio de Abogados con anticipación para un debate amplio. En consecuencia, plantean que por esta razón elevaron un escrito.  Allí plantean que la Acordada 139/2019 resulta lesiva e inconstitucional. Señalan que el citado protocolo establece que “la audiencia de vista de causa se registrará exclusivamente en forma audiovisual” y que “solo se emitirá un acta resumen, por escrito, que consignará los datos del expediente”.

Observan más adelante que “se elimina así el acta escrita, supliéndola por un registro videograbado”. También entre otros aspectos se cuestiona en relación a la producción de prueba, luego se añade la prueba testimonial y pericial.

A su vez desde el Colegio de Abogados, al dar a conocer la posición indicaron que “se evidencia la intención de avanzar sobre funciones de Legislación por parte del Superior Tribunal, entendiendo la colegiatura que dicha intención escapa de las competencias de ese organismo y sus funciones”.

Añaden que además “se deja sentada la incongruencia y conflictos que traería aparejada esa propuesta de oralidad, teniendo en cuenta el confronte realizado entre las estadísticas que allí se mencionan, en cuanto a las causas y la aplicación de los protocolos de los juzgados”.

Por último, a partir de la investigación y datos relevados por parte del Observatorio de Justicia y el Instituto de Derecho Procesal, “se manifiesta la disconformidad al respecto de la instauración pretendida y se solicita la suspensión de la misma”. 

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