La detención ocurrió en marzo de 2021 en la terminal de Montecarlo

Vulnerabilidad reflejada en una joven madre detenida con marihuana

Estela G. había parido recientemente y no contaba con medios para subsistir. La Justicia la sentenció a dos años de prisión condicional como partícipe secundario
domingo 11 de septiembre de 2022 | 6:05hs.
Por Cecilia Fleita
Vulnerabilidad reflejada en una joven madre detenida con marihuana
Vulnerabilidad reflejada en una joven madre detenida con marihuana

La vida de una joven misionera dio un giro cuando se involucró en el traslado un paquete con marihuana. A raíz de una llamada anónima, en un episodio ocurrido el 27 de marzo de 2021 en Montecarlo, fue requisada por prefecturianos, detenida y posteriormente condenada a dos años de prisión condicional por ser partícipe secundaria del delito de traslado de estupefacientes.

Estela G. es oriunda de El Alcázar, en aquel momento tenía 19 años y había dado a luz días antes de ser descubierta y detenida minutos antes de despachar una encomienda desde la terminal de ómnibus de Montecarlo hacia la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

“La ley es la ley”, afirmó a este medio una fuente de la Justicia Federal de Posadas. Es así que la ley 23.737 recayó sobre la joven madre luego de que el personal de la Sección Guardia y Patrullaje de la Prefectura de Montecarlo la atrapara.

Según la sentencia, del lado del teléfono la voz aseguró que había un hombre y una mujer trasladando un paquete sospechoso en inmediaciones de las plataformas de la terminal. Fue así que los uniformados se dirigieron frente al local de encomiendas y se encontraron con una joven sentada sobre una caja de cartón pronta a despacharse.

Las preguntas comenzaron y la muchacha respondió. El paquete se encontraba perfectamente embalado y, ante la consulta, Estela manifestó que pertenecía a su primo, identificado como R. V., quien se había ido a sacar fotocopia de su DNI para realizar el despacho.

La requisa se inició y los cinco bidones transparentes de plástico fueron descubiertos. Cuatro de ellos eran de 3 litros y uno de 20, todos con tapa y envueltos en cinta de embalar. Los datos eran certeros, ya que efectivamente dentro de los paquetes cuidadosamente cubiertos había más de 8 kilogramos de marihuana. La joven fue notificada y detenida.

Todos los elementos quedaron a disposición del Juzgado Federal de Eldorado mientras que, por otro lado, la otra persona presuntamente involucrada en la maniobra nunca fue localizada.

Una salida

Un importante actor de la Justicia Federal de Misiones expresó que de las causas que atienden todos días en su despacho refieren, por lo general, a personas de sectores humildes.

Puede haber múltiples razones o factores por los que las personas acceden a realizar el trabajo de transporte de estupefacientes, pero las características se resumen en trabajos informales y precarios, que viven en contextos de vulnerabilidad

“Por ahí ellos creen que lo que le pagan es buena plata, pero no es mucho tampoco. Son gente que lo busca como una salida para obtener dinero”, apuntó.

Además, aseguró que quienes son descubiertos “son los que caen en los controles que se hacen en los ómnibus de larga distancia, que transportan ahí en su mochila, en el equipaje, en bodega o a veces en automóviles”.

En esa línea manifestó que, relacionado a los casos con los que trabajan, “no hemos tenido causas en que se utiliza a la persona para que transporte cápsulas de cocaína dentro de su cuerpo. Acá lo que más se transporta y comercializa es marihuana”.

El arrepentido

Al ser consultada, la fuente aseguró que el imputado o la imputada no suele hablar de los jefes o quienes los contratan, sin embargo, existe la posibilidad de aportar datos para negociar la pena.

“Hay una figura que es la del arrepentido, que es que el imputado que participó de algún delito puede aportar datos de la persona que también participaron en ese delito del que formó parte, estén en el mismo plano o que estén en un nivel más alto en la organización jerárquica”.

“Los datos que tienen que dar para usar en beneficio de una reducción de la pena tienen que ser datos útiles, verosímiles, que sirvan. Entonces, lo que hacemos es cuando él da datos primero verificamos a través de las fuerzas de seguridad si realmente los datos coinciden, señalando personas, lugares, etcétera”, aclaró.

Es en esta línea que aseguró que han habido algunos acuerdos al respecto, “porque verificamos que efectivamente daba datos que eran ciertos”.

Sin embargo, agregó: “En otros casos, simplemente aspiran a tener un beneficio pero los datos que dan no son verificables o a veces dan datos que ya están en el expediente y eso no sirve si ya lo sabemos, si están en el expediente”.

En cuanto a las diversas situaciones, el actor judicial manifestó que “en algún caso se consideró que esa persona estaba en situación de vulnerabilidad porque tenía un hijo enfermo, no conseguía ayuda, etcétera, entonces la utilizaron bajo la promesa de pagarle”.

En relación a ello apuntó: “Como parte de una organización, en algunos casos, se utiliza a una mujer para transportar la droga. Puede haber también una situación de trata y de explotación sexual y que, a su vez, la utilicen para comercializar sustancias, pero nosotros no tenemos esa experiencia”.

Partícipe secundario

El derrotero de la muchacha oriunda de El Alcázar que recientemente había dado a luz, que no tenía un trabajo ni medios para subsistir y se valía de la ayuda de sus progenitores para sobrevivir, continuó con la decisión judicial firmada el 28 de junio. La sentenciaron a dos años de prisión condicional por ser partícipe secundaria del delito de traslado de estupefacientes y además debió pagar una multa de 157.500 pesos.

La decisión estuvo basada en la construcción de los hechos y las responsabilidades. Esto es que, en la tarde del sábado 27 de marzo de 2021, la persona que llamó y dio aviso a la fuerza federal individualizó al hombre en primera instancia, la fiscal a cargo entendió que quien tenía dominio sobre el hecho era R. V. a pesar de que la mujer sabía que prestaría su nombre para el envío.

Es decir que no fue ella quien adquirió la droga, ya que no poseía recursos para ello, tampoco la trasladó por sus propios medios hasta la terminal, no fue quien formalizó y pagó el envío y tampoco hallaron pruebas de que haya acordado el destino del estupefaciente.

Es por esto que solicitó que se modifique la carátula y que la ubiquen como un aporte secundario al transporte del estupefaciente, no en calidad de autora, ya que nada de lo que ella hiciera podía modificar el desarrollo del hecho. De forma preliminar, la joven fue detenida y los elementos secuestrados quedando a disposición del Juzgado Federal de Eldorado.

Por este motivo, en el fallo unipersonal del juez de Cámara Subrogante del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Posadas, Fermín Ceroleni, se aplicó la perspectiva de género al entender que lo que motivó la conducta delictiva de E. G. (20) fue su situación socioeconómica precaria y de extrema necesidad.

Este punto estuvo relacionado a los atenuantes planteados por la fiscal federal Vivian Barbosa, quien, además, discrepó con la carátula con la que el caso fue elevado a juicio en relación al grado de participación atribuido a la joven.

La funcionaria fundamentó: “Sabido es que los delitos de narcotráfico son cometidos por personas en situación de extrema vulnerabilidad socioeconómica y la mayoría de las mujeres que participan en actividades de tráfico o comercialización se encuentran en una situación de precariedad económica y de extrema necesidad de recursos materiales”.

Agregó que si bien la situación de pobreza alcanza a casi todas las personas que llevan adelante esas tareas del nivel más bajo de la pirámide organizacional del tráfico de drogas, en las mujeres se suman aspectos que profundizan la desigualdad.

A las tareas de cuidado de hijos, hijas y otros familiares que recaen en ellas y que las posiciona en lugares de desventaja se suma la dificultad de acceder al mercado laboral que golpea a las clases sociales más empobrecidas.

 

Antecedente en la Justicia jujeña

El caso que marcó un antecedente en la aplicación de la perspectiva de género se trató del ocurrido a comienzos de diciembre de 2018 cuando una mujer boliviana de 33 años fue sobreseída por la Justicia jujeña luego de estar involucrada en un hecho de transporte de cocaína.

El caso tomó relevancia en tanto que la mujer trasladó 40 paquetes de cocaína, de un poco más de un kilo en total, desde Bolivia hacia Argentina para pagar la quimioterapia de su hijo de 13 años que tenía cáncer en los huesos.

Luego de pasar un año presa y de dar a luz en prisión, pudo salir en libertad y acompañar a su hijo en sus últimos días de vida. La decisión del juez federal de Jujuy, Ernesto Hansen, se expidió al entender que lo que motivó su conducta delictiva fue su situación socioeconómica precaria y de extrema necesidad.

 

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