Proyecto de ley

Proponen procedimientos por denuncias de maltrato animal

La iniciativa pretende establecer un procedimiento de intervención judicial rápido cuando un presunto delito (Ley Nacional N° 14.346) contra un animal doméstico o domesticado está siendo cometido
miércoles 06 de julio de 2022 | 8:20hs.
Proponen procedimientos por denuncias de maltrato animal
Proponen procedimientos por denuncias de maltrato animal

El diputado provincial, Rafael Pereyra Pigerl propuso a través de un proyecto de ley que se establezca un marco regulatorio del procedimiento por denuncia de crueldad o maltrato animal.

La iniciativa pretende establecer un procedimiento de intervención judicial rápido cuando un presunto delito (Ley Nacional N° 14.346) contra un animal doméstico o domesticado está siendo cometido. A raíz de ello se activará de oficio o por denuncia de la ciudadanía ante el Juzgado o la Fiscalía de turno o dependencia policial, un operativo.

Para que ello se inicie resultan suficientes, además de las denuncias presenciales, aquellas realizadas por medios electrónicos, telefónicos o cualquier sistema de comunicación que permita identificar el animal víctima de maltrato o crueldad, su ubicación física y la existencia de un hogar de tránsito o de tutela para el animal.

Pereyra Pigerl explicó que “cuando se detecta un caso de maltrato animal, el procedimiento establece que en un plazo de 48 horas se apersona en el lugar un médico veterinario y la policía científica. Con ello se busca la intervención articulada de la Policía, el Poder Judicial y la sociedad civil”.

En esa misma línea, el legislador presentó otro proyecto de ley que propone sustituir el Artículo 81 de la Ley IV - N.° 15 (Antes Decreto Ley 1550/82) incorporando un nuevo inciso que dice: “el juez de Paz local debe tomar las medidas necesarias a fin de la inmediata intervención policial y constatación médico veterinaria policial, debiendo remitir en el plazo de 2 a 3 días las actuaciones al juez de Instrucción Penal en turno a la fecha del hecho denunciado”.

“En los casos que prima facie resulte indispensable la detención del acusado, el juez de Paz que ordena las medidas preliminares mencionadas, debe dar inmediato aviso al juez penal en turno, al efecto que éste último decida la situación procesal del encausado”, detalló.

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