Acusado de provocar la muerte de su pareja firmó un abreviado

El imputado reconoció el hecho y aceptó 10 años de cárcel. La víctima murió tras varias semanas internada en el hospital a raíz de quemaduras que tuvo al caer sobre una olla
lunes 30 de mayo de 2022 | 5:00hs.
Acusado de provocar la muerte de su pareja firmó un abreviado
Acusado de provocar la muerte de su pareja firmó un abreviado

Mediante un acuerdo de juicio abreviado, tanto el fiscal como el defensor oficial del Tribunal Penal Dos de Posadas concordaron en solicitar 10 años de prisión para Ricardo Daniel Viera, un vecino del barrio Piedras Blancas de Garupá que llegó a instancia de debate acusado de la muerte de su pareja, Elvira Generoso, joven que murió en el hospital Ramón Madariaga en 2019 tras padecer casi 40 días con graves quemaduras luego de caerse sobre una olla, en medio una discusión que mantuvo con el acusado. Más allá de esta cuestión, resta que los miembros del tribunal analicen el caso y de coincidir con el criterio homologar lo pactado entre las partes.

De acuerdo a los datos proporcionados por voceros consultados por este matutino, el acuerdo se realizó el jueves en el edificio judicial de la calle San Martín del microcentro capitalino entre el representante de la parte acusatoria, Antonio Glinka, y el defensor Enrique de la Fuente. Allí, el encartado reconoció la autoría del hecho, lo que dio paso a un juicio abreviado.

El cronograma de debates estipulaba para los días 7, 8 y 9 de junio la realización del proceso contra Viera. Todo esto bajo la carátula de homicidio doblemente calificado por ser la víctima su pareja y por mediar violencia de género.

Aunque tras el análisis de las actuaciones hechas durante la etapa de instrucción del caso la parte acusatoria consideró que no se reunían los elementos probatorios para acreditar la existencia de un femicidio. Y si de un homicidio preterintencional, por lo que la pena acordada se fijó en los 10 años de cárcel.

Discusión y desenlace mortal
En la etapa de instrucción del expediente se estableció que el día del hecho, la pareja estaba dentro de su humilde vivienda de madera de un asentamiento del citado barrio de Garupá. Al parecer, ambos habían estado consumiendo bebidas gran parte del día hasta que al llegar la tardecita el hombre avisó que iría a un kiosco de la zona a comprar más alcohol.

En ese momento, la joven se opuso y pidió a su concubino que dejara de tomar y se quedara en casa.

A raíz de esto se generó una discusión en donde la mujer le arrojó a Viera una lata de pintura que había en la vivienda.

Acto seguido este último arremetió contra Elvira y se produjo un forcejeo en donde el acusado le propinó varios golpes en la cara a su pareja para finalmente empujarla al suelo.

Según consta en el expediente, Elvira cayó sobre una pequeña e improvisada parrilla que estaba en el living de la casa y en donde se estaba cocinando una olla con agua caliente con legumbres.

Como consecuencia de esto la mujer resultó con gran parte de las piernas y otros sectores del cuerpo con quemaduras por lo que tuvo que ser auxiliada por una vecina quien le dio las primeras curaciones, aunque ante la gravedad de las quemaduras se optó por pedir inmediata atención médica y luego trasladarla al hospital Ramón Madariaga de la capital provincial.

A dicho nosocomio ingresó con el 30 por ciento del cuerpo con quemaduras y permaneció internada 37 días hasta que falleció a causa de las lesiones sufridas.

Por su parte, el agresor fue detenido horas posteriores al ataque en el kiosco donde fue a comprar más alcohol y los investigadores lo identificaron rápidamente ya que sus prendas de vestir tenían manchas de la pintura que la víctima le arrojó en medio de la discusión.

Los voceros consultados indicaron que al analizar las pruebas y las testimoniales recolectadas no se pudo probar el femicidio porque no se comprobó la existencia del dolo y que más allá de la discusión no se pudo determinar que hubo una intención de matar.

Si se coincidió que fue un hecho gravísimo y que lo más conveniente era encuadrar lo sucedido en un homicidio preterintencional.

Cabe recordar que según el artículo 81 del Código Penal indica que esta calificación refiere a quien “con el propósito de causar un daño en el cuerpo o en la salud, produjere la muerte de alguna persona, cuando el medio empleado no debía razonablemente ocasionar la muerte”.

En cifras
37 los días que estuvo internada en grave estado de salud la víctima en el hospital a causa de quemaduras en 30% de su cuerpo.

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