Modifican Repro II y lo extienden a los sueldos de enero

El Ministerio de Trabajo consideró "pertinente" realizar modificaciones al Programa Repro II "considerando especialmente las particularidades de los diversos sectores que integran la economía nacional"
viernes 21 de enero de 2022 | 13:34hs.
Modifican Repro II y lo extienden a los sueldos de enero
Modifican Repro II y lo extienden a los sueldos de enero

El Ministerio de Trabajo amplió hasta enero la vigencia del Repro II y la asistencia a trabajadores independientes en sectores críticos, por lo que el beneficio se extenderá para los salarios de este mes. También estableció que el plazo de inscripción en ambos casos será del 24 al 30 de enero.

El Repro II otorga una asistencia de $22.000 como parte del sueldo de cada trabajador de empresas de sectores críticos, el mismo monto que para los de salud y los independientes, en tanto que el subsidio a los sectores no críticos afectados es de $9.000 por trabajador.

La decisión fue publicada en el Boletín Oficial de este viernes, en donde se vieron reflejadas las nuevas modificaciones en dos Resoluciones. La cartera laboral sustituyó el Artículo 2 de la Resolución 938 del 12 de noviembre de 2020, encargada de crear el Repro II, por el siguiente:

Monto del beneficio: consiste en una suma mensual por cada relación laboral activa del sujeto empleador alcanzado por el Programa.

-Sectores afectados no críticos: 70% de la remuneración neta (que se determinará aplicando el 83% a la remuneración total declarada en la AFIP) hasta un máximo de $9.000.

-Sectores críticos y Sector Salud: similares porcentajes, hasta un máximo de $22.000.

Duración: el beneficio se extenderá por un mes. Las empleadoras y los empleadores deberán inscribirse en el Programa en forma mensual para poder acceder al beneficio.

Alcance: el número de empleadoras y empleadores que cubrirá el Programa se determinará considerando la cantidad de empleadoras y empleadores postulantes, la situación económica, patrimonial y financiera de los mismos, las condiciones imperantes de la economía nacional y el presupuesto asignado.

Modificaciones en Repro

En ese sentido, la cartera de Claudio Moroni recordó que en noviembre del 2021, se introdujeron otras modificaciones al programa, entre ellas, la sustitución de la nómina de actividades alcanzadas por el Programa a los efectos de la determinación de los montos del beneficio, según publica Bae Negocios.

Ahora, consideró que "teniendo en cuenta la evolución de la actividad económica y de los indicadores de la situación sanitaria en el marco de la pandemia del Covid-19, resulta pertinente realizar modificaciones y adaptaciones al Programa, considerando especialmente las particularidades de los diversos sectores que integran la economía nacional".

Pago de salarios de enero

El Ministerio estableció que el plazo para la inscripción al Programa estará vigente hasta el 30 de este mes, inclusive. Los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la AFIP serán diciembre de 2019 y el mismo mes de 2021.

En cuanto al alta de empresas, no se deberá considerar la facturación para las compañías iniciadas a partir del 15 de enero de 2019, mientras que el mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia, será noviembre de 2021.

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