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Contagiados: explican cuándo volver al trabajo

La resolución 27/2022, sostiene que en casos confirmados sin vacunación o con esquema incompleto podrán hacerlo a los diez días de la fecha de inicio de síntomas

jueves 20 de enero de 2022 | 8:09hs.
Contagiados: explican cuándo volver al trabajo

El Ministerio de Trabajo de la Nación difundió ayer las recomendaciones elaboradas por la cartera de Salud para el regreso a las tareas laborales de las personas que tengan coronavirus o sean contacto estrecho de un afectado por la enfermedad. A través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, detallaron que “los trabajadores y trabajadoras con diagnóstico de Covid-19 y que no hayan requerido internación, podrán reincorporarse a sus actividades sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta”, en función de distintas circunstancias.

La resolución 27/2022, sostiene que en casos confirmados sin vacunación o con esquema incompleto podrán hacerlo a los diez días de la fecha de inicio de síntomas o, para personas asintomáticas, desde la fecha del diagnóstico”.

En cuanto a los casos confirmados con esquema de vacunación completo (con menos de cinco meses de completado el esquema o aplicada la dosis de refuerzo), podrán regresar al trabajo “a los siete días desde la fecha de inicio de síntomas (o del diagnóstico en casos asintomáticos), cumpliendo en los tres días posteriores de cuidados especiales”.

Contacto estrecho
Por otro lado, los contactos estrechos asintomáticos podrán continuar con sus actividades laborales, cumpliendo de manera estricta con las medidas de cuidado (uso de barbijo, ventilación, distancia) y sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta, en función de tres situaciones.

Los casos de contactos estrechos asintomáticos sin vacunación o con esquema incompleto (sin vacunar o con más de cinco meses de la aplicación de la última dosis) podrán regresar a sus actividades laborales a los diez días desde el último contacto con el caso confirmado.

Luego se comprende a los casos de contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo o que hayan tenido Covid-19 en los últimos 90 días, quienes podrán continuar con sus actividades laborales siguiendo las recomendaciones de las autoridades sanitarias.

En estos casos se deberán “maximizar medidas preventivas y se sugiere la realización de test diagnóstico entre el tercer y quinto día”, y luego “deberán realizar automonitoreo de síntomas de forma diaria”.

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