Fallo del Tribunal Penal Dos de Posadas

Pena máxima para Pensotti por el crimen del taxista

“Estoy dispuesto a pagar hasta el último día”, dijo el imputado en sus últimas palabras. Los pedidos de la fiscalía y la defensa
viernes 24 de septiembre de 2021 | 6:05hs.
Pena máxima para Pensotti por el crimen del taxista
Pena máxima para Pensotti por el crimen del taxista

Fernando Axel Pensotti (23) arribó ayer a la última jornada de su juicio consciente de que no evitaría una sentencia en su contra, pero el interrogante pasaba por saber a cuántos años de prisión equivaldría ese fallo de la Justicia y la respuesta fue la más dura: prisión perpetua.

El único imputado por el crimen del taxista Carlos Amarilla (62), cometido el 31 de marzo de 2017, fue declarado responsable del delito de “homicidio triplemente agravado por criminis causa, con violencia contra persona mediante el empleo de un arma de fuego y la intervención de un menor de 18 de años”.

Bajo esa acusación, consecuentemente, fue condenado a la máxima pena prevista por el Código Penal de la Nación y deberá purgar 35 años de prisión efectiva, salvo caso que prospere alguna apelación.

La sentencia fue impartida ayer al mediodía por el Tribunal Penal Dos de Posadas, compuesto por los magistrados Carlos Giménez -presidente-, Gregorio Busse y César Yaya, y, salvo el agravante de alevosía, el fallo se ajustó con lo solicitado por la fiscal Adriana Herbociani en su alegato.

Previo al dictado de la sentencia, el imputado brindó sus últimas palabres. Primero agradeció a su abogado y luego señaló: “Lo único que es cierto acá es que el homicidio lo cometí yo, pero no fui el ideólogo. Del homicidio nunca dudé en hacerme cargo y estoy dispuesto a pagar hasta el último día”.

Fiscalía y agravantes

Durante la etapa de alegatos, Herbociani dio por acreditado el hecho y sostuvo la misma hipótesis acusatoria bajo la cual el expediente había sido elevado a juicio.

Para la fiscal, la víctima en ningún momento pudo defenderse del ataque y ratificó Amarilla fue asesinado para ser despojado del dinero que llevaba consigo. También ponderó la aptitud para disparar del arma incautada, la gravedad de la lesión y la trayectoria del disparo que impactó en la parte trasera de la cabeza del taxista.

“La persona que falleció no tuvo derecho de defensa porque no pudo saber lo que estaba pasando en su auto. Fue sorprendido. Fue ultimado. Y eso es lo que el cuerpo dice”, expuso Herbociani, contratacando así la teoría de un forcejeo y posible disparo accidental planteada por la defensa.

Respecto al robo, lo que para ella prueba el agravante de criminis causa, la fiscal indicó que “estas personas tenían intenciones de sustraer y desapoderar, pero no le importó al señor Pensotti que la vida de una persona estaba en el medio para lograr el objetivo” y añadió que “el robo se consumó porque surge de la declaración indagatoria de Pensotti donde dice que conversa con W. -el menor luego declarado inimputable- y le dice que había $2.000, a lo que W. le dice que va a llevar la plata”.

Herbociani también fundamentó la aplicación de la alevosía y señaló que “hay una muerte sin riesgos para Pensotti (...) haberlo llevado a ese lugar, desprovisto de luz y de circulación e incluso cerca de la casa de ellos, fue para considerar que no había riesgos”.

Con todo lo expuesto, la fiscal pidió la perpetua por homicidio agravado por haber sido cometido con alevosía, con criminis causa, con uso de arma de fuego y con la participación de un menor de edad.

“Voy a pedir justicia por Amarilla, por su familia y por la sociedad misionera, porque estamos viviendo en una situación de extremada inseguridad en la que este tipo de conductas deben recibir la sanción que corresponde”, cerró Herbociani.

La defensa y el forcejeo

A su turno, expuso Miguel Ángel Varela, defensor oficial de Pensotti, quien al comienzo de su alegato fue claro: “Acá hay hechos contravertidos y otros que no. Lo contravertido es si esto se trató o no de una cuestión accidental. Acá Pensotti va a recibir una condena, la cuestión que se debate y es si corresponde aplicar lo que dice la fiscal o si se trata de un homicidio en ocasión de robo”.

Para la defensa, el disparo que acabó con la vida de Amarilla se dio de manera accidental durante un forcejo. Sobre esas circunstancias, reconstruyó que “el taxista da un manotazo hacia atrás con su mano derecha. Evidentemente toma del arma, tironea y cuando se habla de forcejeo no se habla de otra cosa (...) Él tira hacia adelante el arma junto con la mano también de Pensotti y Pensotti, tratando de escapar y que no le saque el arma, hace una acción instintiva hacia atrás pero sin jalar del gatillo, sino que el disparo se produce de forma accidental”.

Varela señaló que el elemento que prueba el forcejo es el hecho de que la vaina servida del proyectil de la pistola Bersa quedó trabada en la recámara tras el disparo y sostuvo que eso se produjo por la sujeción manual del taxista que frenó la corredera del arma. 

El defensor también atacó los agravantes pedidos por la fiscalía al considerar que no hubo contexto de indefensión, ni tampoco se concretó la comisión de un robo. En detalle, expresó que “lo que ellos tenían en la cabeza no era un robo, en todo caso era una estafa, porque era llegar al lugar, pegar una corrida y no pagarle porque no tenían para el pasaje” y agregó que “no hubo una cuestión de indefensión. Justamente la defensa que realiza Amarilla es la que termina provocando su muerte. Si no hay plan, si no nació la idea de matar para robar, no hay la conexión que dice la fiscalía. Acá no hubo intención de matar para robar”.

En base a todos estos argumentos, el letrado solicitó que el caso se encuadre como “homicidio en ocasión de robo” y que su defendido reciba la pena mínima, es decir, 10 años de prisión.

Culminada la etapa de réplicas y dúplicas, el tribunal pasó a deliberar y dictó su fallo. 

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