Situación procesal del adolescente implicado
El adolescente implicado fue demorado y alojado en la Seccional Segunda por orden de la jueza Correccional y de Menores de Oberá, Adriana Zajaczkowski.
Según el Régimen Penal de Minoridad, los jóvenes de entre 16 y 18 años no pueden ser juzgados por el mismo sistema que los adultos.
Sólo son punibles aquellos que cometan delitos con penas mayores a dos años, como homicidio doloso, pero recién a los 18 pueden empezar a cumplir su pena en una cárcel.
Hasta ese momento, estos menores pueden estar privados de su libertad en institutos especializados o centros cerrados.
“Si existiere imputación contra alguno de ellos la autoridad judicial lo dispondrá provisionalmente, procederá a la comprobación del delito, tomará conocimiento directo del menor, de sus padres, tutor o guardador y ordenará los informes y peritaciones conducentes al estudio de su personalidad y de las condiciones familiares y ambientales en que se encuentre”, cita el artículo 1° de la ley 22.278.
Con referencia, al citado “conocimiento directo”, implica que el menor no puede ser citado a declaración indagatoria.
“Si de los estudios realizados resultare que el menor se halla abandonado, falto de asistencia, en peligro material o moral, o presenta problemas de conducta, el juez dispondrá definitivamente del mismo por auto fundado, previa audiencia de los padres, tutor o guardador”, agrega la norma.
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