Fallo del juez federal de Eldorado

Caso Irrazábal: declaran nula la investigación

Quien por entonces era gobernador de Misiones murió junto al vicegobernador a raíz de la caída del avión en 1973 en Iguazú
miércoles 12 de mayo de 2021 | 6:05hs.
Caso Irrazábal: declaran nula la investigación
Caso Irrazábal: declaran nula la investigación

El juez federal de Eldorado, Miguel Guerrero, resolvió declarar la nulidad del expediente 30/1974 referente a la tragedia aérea que provocó la muerte de quien fuera gobernador de Misiones, Juan Manuel Irrazábal, su vice César Ayrault y sus respectivas esposas. Interpreta que no fue un accidente y que debe investigarse en profundidad.

El avión explotó en el aire, en inmediaciones de Puerto Península, en Puerto Iguazú, el 30 de noviembre de 1973. La comitiva viajaba a Iguazú para inaugurar una escuela y firmar el convenio con la empresa que construiría el Hotel de Turismo.

El magistrado declaró la nulidad del citado expediente que fuera caratulado como “accidente fatal y lesiones, tramitado por ante el Juzgado en lo Criminal, Correccional y de Menores de la Tercera Circunscripción Judicial de la provincia de Misiones”.

Según el expediente al que tuvo acceso El Territorio, se argumentan las razones de quienes promovieron la continuidad del pedido de investigación. Ello se reinició el 14 de febrero de 2007 a partir de la denuncia, formulada por los familiares de las víctimas.

Atribuyen a la Asociación Anticomunista Argentina, Triple A, aquel suceso acaecido el día 30 de noviembre de 1973 en Puerto Iguazú, oportunidad en la cual se desplazó a tierra el avión Beechcraft Queen Air de la Dirección de Aeronáutica Provincial en el que viajaban las máximas autoridades de Misiones.

La causa original

La causa originalmente fue tramitado por ante el Juzgado en lo Criminal, Correccional y de Menores de la Tercera Circunscripción Judicial de Misiones.

El juez ahora sostiene que “el juzgado que se abocó a la instrucción del hecho acaecido era incompetente en razón de la materia, que el siniestro debió haberse investigado en la jurisdicción federal”.

Observó la falta de convicción investigativa en el momento de producirse la caída del avión, menoscabando principios constitucionales como el debido proceso, concluyendo la causa en base al informe de la Fuerza Aérea Argentina que resultó muy breve para la complejidad del hecho, teniendo especialmente en vista que el mismo involucraba a quienes ejercían la primera magistratura provincial, y sus familiares, la probabilidad de haberse producido un atentado por parte de las autoridades del Estado por el contexto social y político del país en ese entonces, y las reiteradas amenazas a Ayrault e Irrazábal y sus familias.

A lo previo se indica que el hecho está comprendido en la categoría de delitos de lesa humanidad respecto a los cuales la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, le impuso al Estado Argentino la obligación de investigar, esclarecer e individualizar a los responsables.

“Que no se ha atendido el derecho de acceso a la justicia y a la tutela efectiva de los derechos de los que son portadores, las víctimas y sus familiares, entre ellos el derecho a una investigación adecuada, exhaustiva y completa”, sostiene el magistrado.

¿Que opinión tenés sobre esta nota?