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Pidieron la detención de Rocío Santa Cruz para que cumpla la condena de 3 años de prisión

Lo hizo la fiscal Correccional y de Menores de Posadas, María Laura Álvarez, ante el juez de Instrucción 2, Juan Manuel Monte, quien dictaminó la segunda sentencia -en agosto del año pasado- y ahora espera el expediente para decidir al respecto.

lunes 19 de abril de 2021 | 13:46hs.
Pidieron la detención de Rocío Santa Cruz para que cumpla la condena de 3 años de prisión
Santa Cruz, condenada por atropellar y matar al inspector municipal Ramón Cabrera. Foto: Sixto Fariña.
Santa Cruz, condenada por atropellar y matar al inspector municipal Ramón Cabrera. Foto: Sixto Fariña.

La inmediata detención de la abogada posadeña Rocío Fiorella Santa Cruz (35) fue pedida esta mañana, después de que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmara la condena a 3 años de prisión de cumplimiento efectivo por la muerte del inspector de tránsito municipal Ramón "Topo" Cabrera (53), a quien atropelló manejando alcoholizada un automóvil con el que después se fugó de la escena, el último día de enero de 2016.

Lo hizo la fiscal Correccional y de Menores 1 de Posadas, María Laura Álvarez, ante el juez de Instrucción Dos, Juan Manuel Monte, quien deberá disponerlo en calidad de juez de ejecución en función de que fue quien impuso la pena en el segundo fallo dictaminado (a pedido del STJ) en agosto del año pasado.

"Tal como lo acredito con la copia que al efecto adjunto, en la fecha 26 de marzo ha sido publicado el despacho de la Secretaría Judicial en los autos caratulados ‘expediente 81762/2020 Santa Cruz Rocío Fiorella /s recurso de casación’ la resolución 131/STJ con fecha 25/3/2021 en la que el excelentísimo Superior Tribunal de Justicia resuelve: rechazar el recurso de casación interpuesto en autos y confirmar la sentencia recurrida", expuso la fiscal pidiendo a Monte que "como juez de sentencia ordene la inmediata detención de la condenada Rocío Santa Cruz".

Será el magistrado quien decida en consecuencia, aparentemente una vez que el expediente sea remitido nuevamente desde el máximo órgano judicial de Misiones.

La defensa de Santa Cruz podrá hacer un último intento de evitar la prisión presentando un recurso extraordinario federal, otra vez ante el STJ, y en caso de que la respuesta sea negativa podrán ir en queja ante la Corte Suprema de la Nación, pero esa instancia no tiene efecto suspensivo así que la pena deberá ser cumplida.

Casación denegada

Tal como publicó en exclusiva El Territorio, la resolución 131 del STJ con fecha del 25 de marzo, tuvo el voto positivo inicial de la ministra Rosanna Pía Venchiarutti, con el acompañamiento de María Laura Niveyro, Ramona Velázquez, Cristian Benítez y Roberto Uset, en tanto que Jorge Rojas -con el apoyo de Froilán Zarza- votó lo contrario, es decir, hacer lugar al recurso de casación, anular la resolución recurrida y remitir las actuaciones a un nuevo tribunal, lo que al final no prosperó.

El recurso de casación planteado por los abogados Eduardo Paredes y Claudio Alberto Ferreyra (pareja de Santa Cruz), planteó la nulidad de la segunda condena por "la inobservancia del principio contradictorio y la falta de fundamentación".

Sobre lo primero, Venchiarutti argumento que "sencillamente debe decirse que no es posible invocar la violación al principio de contradicción en esta oportunidad cuando ello es propio de la etapa plenaria que a la postre, ha transcurrido con total normalidad", y en esa línea expuso que "se ha encomendado al juez de origen que dicte nueva pena en relación a un hecho cuyas circunstancias, autor y tipificación legal se encuentran firmes y consentidas. Lógicamente ello no implica reeditar el debate sino la corrección de un defecto legal para lo cual no es necesaria la intervención de las partes como pretende introducir la defensa".

Respecto a lo fundamentación de la pena, opinó que "es de destacar que la defensa reedita en su totalidad los argumentos expresados en su primer recurso de casación con la particularidad de que aquellos están referidos a una pena distinta a la impuesta en esta oportunidad dejando indemnes los argumentos dados por el juez para justificar la nueva imposición".

"De la sentencia cuestionada puede verse que se ha tenido en cuenta la edad de la imputada, que en ese momento tenía treinta años, como dato objetivo para reflejar con ello la plenitud de su desarrollo en el entendimiento y capacidad de asimilación respecto a las consecuencias causadas por su accionar", refirió Venchiarutti.

En esa línea de fundamentación acotó "en cuanto a la educación, refiere a que la imputada es una persona instruida, de profesión abogada, por lo que debió haber tenido en cuenta también las consecuencias jurídicas de su actuar, máxime entre sus antecedentes laborales se puede destacar que la profesional del derecho prestó funciones en el fuero penal del Poder Judicial de Misiones".

"Al analizar la conducta precedente al delito hace referencia a los factores desencadenantes que provocan el acto imputado y en cuanto a la pena concreta ha interpretado correctamente la circunstancia morigerante destacada por este Alto Cuerpo, que se traduce en una reducción a la ya establecida en su oportunidad", concluyó Venchiarutti para decidir "rechazar el recurso interpuesto y confirmar la sentencia recurrida", con el acompañamiento de los ministros antes nombrados.

EL STJ confirmó la condena de Rocío Santa Cruz, y sería inminente su detención

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