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Una jueza de Familia ordenó que le saquen a la menor, pero esto no se cumplió

Tensión y reclamos en medio de una causa por supresión de identidad

La Justicia Federal lleva adelante el proceso contra Pablo Runke por la presunta adopción ilegal de una nena de 2 años. Contradicciones y elementos en el caso

martes 23 de marzo de 2021 | 1:15hs.
Tensión y reclamos en medio de una causa por supresión de identidad
Las autoridades del Juzgado de Familia no pudieron cumplir con el oficio de llevarse a la niña. Foto/Marcelo Rodríguez
Las autoridades del Juzgado de Familia no pudieron cumplir con el oficio de llevarse a la niña. Foto/Marcelo Rodríguez

La situación movilizó a familiares y vecinos después que patrulleros de la Policía de Misiones y vehículos oficiales del Poder Judicial llegaron al lugar. Era la siesta sobre la avenida Ituzaingó, en el barrio Malvinas Argentinas, pero no había tranquilidad, sino todo lo contrario.

Pablo Runke convocó y denunció ante los micrófonos de diferentes medios que la jueza de Familia Elisabeth Inés Kiczka había ordenado sacarle a su hija, que aún no cumplía 2 años de vida. El operativo se vio frustrado y ayer a la noche la menor aún estaba con ellos.

Según confirmó el abogado de la familia, Miguel Cristaldo, hay una causa que se instruye en el Juzgado Federal de Posadas. Si bien ningún actor dio detalles de lo sucedido, este medio pudo confirmar mediante fuentes confiables que se investiga un caso de supresión de identidad por parte de Runke, quien confirmó que la madre de la nena no es su esposa, sino una joven que vive en una villa en Buenos Aires y le entregó a la menor para que él la cuide.

“El Juzgado de familia debería esperar qué define la Justicia Federal para tomar una medida tan drástica de quitarle la nenita, porque van a generarle un trastorno psicológico a la menor con lo que están queriendo hacer. La menor está desde bebé con ellos, los tiene como madre y padre, imaginate que se despegue de la madre una noche”, amplió el letrado en referencia a la mujer de Runke, no a la madre biológica.

“Yo soy el padre de la nena, ella es mi hija biológica y vinieron a querer sacarme a mi hija. Encima yo tengo la autorización. Yo tuve una hija extramatrimonial y mi señora pidió una adopción muy pronto, entonces ellos desconfiaron como que la mamá no está o no existe y quieren tomar una determinación para llevarle a mi hija no sé a dónde”, dijo a El Territorio Pablo Runke en comunicación telefónica.

Aquí aparece una contradicción, puesto que su hermana Leonarda Runke expresó fuera de la casa que se hizo un estudio de ADN, que arrojó que el hombre no es el padre de la niña, algo que Pablo también relató a otros medios. Leonarda amplió que la madre de la niña, después de tenerla, se fue a Buenos Aires e insistió, al igual que su hermano, en que estaba de acuerdo con que la cuiden los Runke.

Si bien hay una investigación en curso y tanto el abogado Cristaldo como la familia Runke insisten en que “están a derecho”, lo que se sospecha es que el hombre anotó a la menor como hija propia con el objetivo de saltarse los trámites para una adopción legal, algo que está penado por ley, aunque la madre dé su consentimiento.

En otras palabras, la madre biológica y el padre “adoptante” inscriben al menor y luego el hombre lo cría con su pareja real. Se trata de una maniobra lastimosamente conocida en Misiones, con un antecedente cercano en la localidad de Cerro Azul. Allí una policía entregó a su hijo a una pareja luego de inscribir al hombre como padre, pero después se arrepintió y buscó que se lo devuelvan.

“Acá nadie le robó la hija a nadie. El padre siempre con la niña, desde chiquitita”, insistió Cristaldo al decir que Runke “quiere estar con su hija” y que todo se hizo con el consentimiento de la madre biológica.

“En una villa”

Continuando con las declaraciones de Pablo Runke, el hombre aportó más datos y se quejó: “La mamá biológica ya nos hizo un permiso para circular fuera del país, todo, no sé qué quiere hacer esta gente, quieren sacarme a mi hija. Ella tiene nombre y apellido, vive acá como una reina, única hija y jamás podés llevarle a una criatura a otro lado. Ni siquiera sabemos dónde le quieren llevar y qué quieren hacer con mi hija”.

El hombre confirmó que hay una investigación en curso en el Juzgado Federal y señaló que esperan que la madre de la niña llegue a Misiones para que declare ante las autoridades pertinentes y finalmente pueda criarla en paz junto a su señora. “Los derechos del niño están sobre todas las leyes, a ellos no les interesa nada y no sé qué tiene detrás de todo. Ella tiene mi nombre y mi apellido y está conmigo desde el día que nació. Es una locura lo que quieren hacer, es una reina, heredera de todo lo que tengo, no va a estar mejor en ningún lugar”, amplió notablemente desesperado.

“La mamá vive en Buenos Aires -describió-, era una persona humilde que cuando iba a tener la bebé, no la quiso tener porque no iba a poder mantener y criar, entonces yo le pedí por favor que cuando naciera me iba a hacer cargo. Vive en una villa en la Capital, tenemos contacto con ella e incluso hablamos con ella estos días y ella nos hizo el permiso hace una semana y media para poder circular fuera del país y por todos lados”.

Lo que está claro es que aún hay muchos grises en el caso y que el avance de la investigación judicial determinará el futuro de la pequeña.

QUIÉNES PUEDEN ADOPTAR

Según la información oficial en www.argentina.gob.ar, un matrimonio, ambos integrantes de una unión convivencial o una única persona soltera, viuda o divorciada pueden adoptar si reúnen estos requisitos.

Tener 25 años de edad cumplidos.

Si el cónyuge o la persona que convive con el interesado ya tiene más de 25 años, no hace falta que el interesado también tenga esa edad.
n Tener por lo menos 16 años más que el adoptado.
Esta diferencia de edad no es necesaria cuando se adopta al hijo de cónyuge o conviviente.

Ser argentino o naturalizado.
En caso de ser extranjero,
es necesario que sea residente en el país desde hace cinco años.

Se debe estar inscripto en el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos que corresponda al domicilio del interesado.

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