Alquileres

Locadores deberán registrar los contratos

viernes 19 de febrero de 2021 | 6:04hs.

La Administración General de Ingresos Públicos (Afip) reglamentó el régimen de registración de los contratos de alquiler, documento que fue publicado ayer en el Boletín Oficial. De esta manera, a partir del 1º de marzo, los dueños de propiedades que estén en alquiler deberán registrar los contratos. Con este último punto, queda finalmente reglamentada la totalidad de la Ley de Alquileres, vigente desde el 1º de julio del 2020.

“Aquellos contribuyentes que asuman el carácter de locadores o arrendatarios en los contratos quedan obligados a la registración de la operación”, dentro de los 15 días seguidos a su firma, según explicó la Afip a través de un comunicado. Sin embargo, se estableció un plazo excepcional para los contratos celebrados entre el 1º de julio de 2020 y que continúen vigentes al 1º de marzo de 2021. En ese caso, podrán registrarse hasta el 15 de abril. La normativa también contempla la posibilidad de que los intermediarios (corredores, inmobiliarias y escribanos) lo registren en representación.

La resolución establece sanciones para quienes incumplan y no presenten la información requerida dentro del régimen de registración. Además, para cualquier situación que se judicialice, ya sea un desalojo, discusión sobre arreglos o depósitos, entre otras, el juez debe informar a la Afip sobre la existencia del contrato para dar vista al expediente.

Al respecto, Juan Maidana, presidente del Colegio Inmobiliario, explicó a El Territorio que se trata de una medida que no llega en un buen momento económico. “Esto se ve reflejado en lo que vive el ciudadano común, dentro de un ámbito de pandemia, inflación, incertidumbre cambiaria, que establezcan este tipo de obligaciones no cae bien en la gente”, resaltó.

Asimismo, puntualizó en que “se suma al DNU que estableció el Gobierno en cuanto al congelamiento de alquileres, y son medidas que siguen afectando más que nada los intereses de los propietarios que sin dudas, como poseedores del bien, se replantean muy seriamente seguir ofreciendo sus inmuebles en alquiler, más que nada por el bajo recupero, hoy un alquiler puede salir 15 mil pesos y es lo mismo que sale una zapatilla, uno de los dos está desfasado”.

"En un momento donde el gobierno es el que tiene que dar una solución, una vez más le pide al privado un sacrificio, más aún con un DNU que ya llevará un año de vigencia", sostuvo.

De la misma manera, Adrián Torres, presidente de la Asociación Misionera de Inquilinos indicó: “No podemos medir el impacto de esta nueva ley porque la pandemia vino a cambiar las reglas de mercado. En principio el gobierno sacó una medida de proteger a los inquilinos que eran los más vulnerables con suspensiones de desalojo”. “Cuando se modificó la ley, el espíritu era buscar equilibrio, ni beneficiar a uno ni perjudicar a otro. Antes alguien hacía una casa, alquilaba y no tributaba, lo que era deslealtad comercial”, dijo.

En tanto, aseveró que “si no hay organismo contralor que fiscalice la norma y tenga facultad de sancionar el incumplimiento sin tener que recurrir a la justicia ordinaria es muy difícil. Pero si hay que dirimir en la justicia cada cosa que pasa en la vida diaria se complica muchísimo, me parece que debería haber un organismo de contralor que funcione en Defensa del Consumidor”. 

¿Que opinión tenés sobre esta nota?