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La sentencia fue dictada ayer por videoconferencia

Carlos Carvallo fue condenado por lesa humanidad y seguirá preso hasta 2030

El represor devenido en locutor recibó una pena de 12 años de prisión. Fue declarado coautor del secuestro y tortura de un dirigente sindical en Entre Ríos, durante la última dictadura

sábado 19 de diciembre de 2020 | 5:30hs.
Carlos Carvallo fue condenado por lesa humanidad y seguirá preso hasta 2030
Tras la dictadura, Carvallo fue locutor en varias radios de Posadas. Foto: Archivo
Tras la dictadura, Carvallo fue locutor en varias radios de Posadas. Foto: Archivo

Carlos Luis Carvallo (66), el represor devenido en locutor durante varios años en Posadas, fue declarado responsable de delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar en la provincia de Entre Ríos y condenado a una pena de doce años de prisión efectiva, por lo cual deberá permanecer tras las rejas hasta 2030.

La sentencia en su contra fue dictada ayer a la mañana por el juez Pablo Seró, en carácter de subrogante en el Juzgado Federal Uno de Paraná, durante una audiencia desarrollada en forma remota y transmitida en vivo por el Centro de Información Judicial (CIJ).

El fallo estableció una pena de doce años de prisión de cumplimiento efectivo para Carvallo, al ser declarado coautor de los delitos de “privación ilegítima de la libertad perpetrada por un funcionario público con abuso de sus funciones o sin las formalidades previstas por la ley, agravada por el empleo de violencia o amenazas y por haber durado más de un mes, en concurso real con la imposición de torturas a personas privadas de su libertad agravada por ser la víctima un perseguido político”.

Todos estos hechos fueron cometidos en perjuicio de Manuel Ramat, un dirigente de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) que estuvo secuestrado en la comisaría paranaense de El Brete y que logró reconocer al imputado como uno de sus captores.

En la lectura de su sentencia, Seró además indicó que todo lo realizado por el imputado, que en ese momento era oficial en la Dirección de Investigaciones de la Policía de Entre Ríos, configuró “delitos de lesa humanidad ocurridos durante en el contexto histórico de terrorismo de estado que asoló a nuestro país en el marco del genocidio nacional perpetrado entre los años 1975 y 1983”.

Carvallo estuvo conectado y oyó la sentencia desde la Unidad Penal I de Paraná, donde se encuentra alojado después de su captura en 2018 y donde ahora sabe que deberá permanecer hasta el 25 de agosto de 2030, fecha que marcará el cumplimiento final de su pena.

De la audiencia virtual participaron todas las partes intervinientes: el fiscal Carlos García Escalada; los querellantes Sofía Uranga y Marcelo Boeykens, en representación de la Asociación Hijos Paraná, y Lucía Tejera, por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación; y la letrada Corina Beisel en defensa del imputado.

Debate y causa
El juicio contra Carvallo había comenzado en marzo, pero debió suspenderse a razón de la emergencia sanitaria decretada en todo el país por la pandemia de Covid-19.

Meses después, las audiencias se reanudaron en forma remota y, en esas circunstancias, en octubre se realizaron los alegatos, ocasión en la que la fiscalía había pedido once años de prisión y las partes querellantes 21.

El expediente que se ventiló en debate oral fue un desprendimiento de la causa Aérea Paraná I en 2014, en la que Ramat brindó declaración testimonial y allí volvió a identificar a Carvallo como uno de los integrantes del grupo de tareas que lo detuvo ilegalmente y lo torturó durante 45 días.

En su alegato, el fiscal García Escalada destacó “la cantidad de declaraciones sustancialmente coincidentes” de la víctima Ramat y detalló que “se cuenta en la causa con cinco actas de declaración testimonial de Ramat. En las cinco fue claro describiendo los hechos que padeció, identificando con nitidez a Carvallo como uno de sus autores principales, al menos en lo que refiere a la primera fase de su padecimiento, la va desde el 30 de septiembre de 1976 hasta 45 días más tarde, cuando es llevado del centro clandestino de detención de El Brete a la UP I de Paraná”.

La investigación realizada reconstruye que Ramat conoció a Carvallo cuando éste llegó a su casa y se presentó como oficial de la Policía para llevar adelante un allanamiento vinculado a un hermano del dirigente que ya había sido asesinado en Campana.

Después de ese episodio, el dirigente se presentó ante la Policía, donde volvió a encontrarse con Carvallo y allí comenzó su padecimiento.

“Ramat concurrió por consejo de su abogado a la Dirección de Investigaciones. Allí el jefe le dijo que debía esperar a Carvallo y cuando llegó Carvallo comenzó el periplo de padecimientos. Lo llevaron a Santa Fe, lo obligaron a bajarse del auto, a ingresar al baúl, lo reingresaron a Paraná y lo alojaron en El Brete. Allí permaneció en situación infrahumana, comiendo con la mano, sometido a interrogatorio con trompadas y submarino seco (...) Allí le dijeron ‘vos sos boleta, nadie sabe que estás acá, vos tenés tu DNI’. Con eso querían demostrar la plena disposición que Carvallo y los otros tenían sobre la vida y la integridad física de Ramat”, siguió García Escalada en su alegato.

En esa misma audiencia también expuso Lucía Tejera, quien además recordar todos los hechos sufridos por Ramat también repasó el legajo de Carvallo para dar cuenta de la historia del imputado dentro de las filas de la Policía.

“En octubre de 1975 participó del secuestro de material ideológico y de la detención de varias personas, resaltando una felicitación por su extraordinaria dedicación, energía, serenidad y espíritu puesto en ese procedimiento. Figura también en ese legajo la realización satisfactoria de un curso contra subversivos en agosto de 76. Meses después formó parte de patota que secuestró y torturó a Ramat”.

Tejera recordó que después de esos 45 días privado de su libertad en clandestino, Ramat fue declarado preso legal y “sometido a un consejo de guerra, parodia de juicio como dicen las víctimas, y condenado bajo jurisdicción militar”.

Allí la víctima inició un periplo de detención en el cual pasó por los penales de Sierra Chica, La Plata, Caseros y Paraná, donde fue liberado en 1984 y donde ahora, casi 40 años después, se encuentra encerrado su captor.

La historia de Carvallo, en tanto, fue muy distinta. Después de la dictadura llegó a Misiones y ocultando su pasado se desempeñó como locutor en varias radios de Posadas, transformándose incluso en un personaje altamente conocido.

Su situación recién cambió en 2014, después del juicio por la causa Aérea Paraná I que derivó en el dictado de un pedido de detención internacional por parte de la Justicia de Entre Ríos.

Después de ello, el locutor se mantuvo prófugo durante un largo tiempo hasta que finalmente en 2018 efectivos de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) lograron ubicarlo en la casa de unos familiares en el barrio Santa Rita de Posadas.

 

“Esto es una reparación”

Manuel Ramat, el dirigente secuestrado y torturado que reconoció y denunció a Carvallo como uno de sus captores, dialogó ayer con El Territorio y se mostró conforme con la sentencia dictada, principalmente porque significa un avance en la lucha por memoria, verdad y justicia.

“Fueron muchos años de esto. Desde el año 82 que yo venía denunciando. Lo hice cinco veces en total. Fue demasiado largo este proceso y podría haber merecido algunos años más, pero de igual forma se hizo mucho para llegar hasta acá y en líneas generales estamos conformes con la sentencia”, señaló.

El hombre también sostuvo que “de alguna manera esto es una reparación después de tantos años de sufrimiento y de mucho dolor para mí y para toda mi familia. Que haya llegado este momento nos da tranquilidad y confianza. Creo es que un avance importante como para ir cerrando el año y como para decir que avanzamos en el camino de la memoria, verdad y justicia”.

Para Ramat, el punto negativo fue que “lamentablemente a Carvallo se lo juzgó solamente por el testimonio que yo di y no se trataron los casos de otras víctimas, porque este señor era de una patota y creo que se tenían que haber juzgado todos los hechos en forma integral”.

En esa misma línea avanzó Marcelo Boeykens, letrado querellante en representación de Hijos Paraná, quien destacó que en el fallo Carvallo haya sido considerado coautor de los delitos endilgados porque afirma que eso da cuenta de que no actuó solo, sino en grupo, pero a la vez criticó que a pesar de ello no se investigó a los demás implicados.

“La sentencia es importante porque habla de coautor, es decir, que no actuó solo, sino en grupo, en patota y dentro de un plan sistemático. La sentencia también es importante porque enmarca el hecho dentro de un genocidio, que es lo que siempre hablamos desde las querellas. Acá no hubo una guerra, sino una persecución política y la sentencia usa esa figura de persecución política”, expresó Boeykens a este diario.

A pesar de esto, el letrado sostuvo que “es una deuda pendiente de la Justicia que no se investigue a la totalidad de la patota, porque si Carvallo es coautor es porque hay otros implicados. Es decir, no hay una investigación global”.

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