La ANMAT prohibió la venta de una mezcla de especias

viernes 20 de noviembre de 2020 | 9:18hs.
La ANMAT prohibió la venta de una mezcla de especias
La ANMAT prohibió la venta de una mezcla de especias

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta de una mezcla de especias que sirven para condimentar diferentes platos y darle sabor a diversas recetas y preparaciones.

Se trata del producto “Curry suave – Fraccionado por Valles del Norte, procedencia: Argentina (RNE: 03000229 y RNPA: 02-659802)”, según figura en la resolución de alcance nacional publicada en el Boletín Oficial.

El motivo
El reclamo de un consumidor impulsó la prohibición del artículo. El aviso se notificó ante el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL).

De acuerdo con el informe, el producto no cumplía con la normativa alimentaria vigente, ya que carecía de registros de establecimiento (RNE) y de producto (RNPA). Además, estaba “falsamente rotulado por exhibir en el rótulo un número de RNE y RNPA inexistentes”, indica la disposición 8566/2020. Fue catalogado como “ilegal”.

“Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como fue producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República”, describe el informe.

“A fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la comercialización”, detalla el documento oficial.

El Código Alimentario Argentino (CAA) indica que los establecimientos productores, elaboradores y fraccionadores de alimentos deben contar con ciertas autorizaciones antes de comenzar a distribuir sus artículos. Los trámites de inscripción y autorización tienen que estar aprobados por la autoridad sanitaria competente, así como también, los correspondientes al manejo de productos alimenticios. Una vez que la entidad autoriza y aprueba al establecimiento o artículo en cuestión, se le otorga un número de Registro Nacional.

El Registro Nacional de Establecimiento (RNE) es un certificado que se le otorga a una empresa que elabora productos alimenticios o suplementos dietarios. Es una constancia que valida al establecimiento y que lo habilita a desarrollar la actividad que previamente declaró.

El Registro Nacional de Productos Alimenticios, en tanto, es un comprobante que se entrega luego de haber tramitado el RNE. En este caso, la autoridad sanitaria correspondiente se ocupa de validar cada producto que se elabora, produce, fracciona, importa o exporta en la empresa.

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