Analizan transformar a todo el Nea en un Polo Aduanero

Misiones, Corrientes, Chaco y Formosa serían parte de esta zona aduanera especial, que estará controlada desde una mesa que encabezará el Ministerio del Interior, con participación de las provincias
miércoles 28 de octubre de 2020 | 19:03hs.
Diputados en pantalla
Diputados en pantalla

Mientras la Cámara de Diputados desarrolla el debate del presupuesto del Poder Ejecutivo para el próximo año, en los pasillos del Congreso se tejen los hilos para conformar un Polo Aduanero especial que incluya a Misiones, Corrientes, Chaco y Formosa. El Polo Nea, podría ser el resultado final de lo que había comenzado como una zona aduanera para cuatro localidades de Misiones, que luego mutó a un Polo Aduanero provincial y que a estas horas va tomando una forma mayor.

Todo quedaría plasmado entre los artículos 124°, 125° y 126° del proyecto de Presupuesto 2021 del Poder Ejecutivo de la Nación, que podría tener media sanción entrada la mañana del jueves, cuando los más de 250 diputados terminen de dar sus posturas al respecto, y se proceda a la votación, en general y en particular.

Fuentes del Congreso indicaron que las negociaciones llevaron a cambios que van mucho más allá de la cuestión regional. Es que a esta hora, además de ampliarse la zona, se habría echado por tierra la creación de una “Corporación” que regentearía el funcionamiento de los beneficios impositivos que tendría esta zona. Y se le da paso a una forma de organización con más poder para el Ejecutivo Nacional.

Es que cada provincia tendría su “mini corporación” para allí definir necesidades, que luego en diálogo con los demás distritos del Polo, con el Ministerio del Interior como moderador, se transformarían en medidas concretas.

En cuanto a los beneficios, son los mismos que se planteaban para Misiones desde el principio:

a) Eximición de imposición de todo impuesto nacional que pudiere corresponder por hechos, actividades u operaciones que se realizaren en el POLO Misiones, incluyendo productos medicinales, con excepción de aquellos que revistieren el carácter de tasas retributivas por servicios prestados. A Modo enunciativo, la eximición aplica para los siguientes impuestos:

 1.        Impuesto a las Ganancias.

2.         Impuesto al Valor Agregado.

3.         Impuestos Internos.

4.         Impuesto sobre los Bienes Personales.

5.         Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias.

6.         Impuesto a los Combustibles Líquidos y el Impuesto al Dióxido de Carbono.

7.         Impuesto sobre el Gas Oil y el Gas Licuado para uso Automotor.

8.         Los impuestos nacionales que pudieran crearse en el futuro.

b)         La importación para consumo de mercadería procedente del territorio aduanero general y que fuere de libre circulación en el mismo estará exenta del pago de los tributos aduaneros que la gravaren y de la aplicación de prohibiciones de carácter económico.

c)         Las actividades productivas desarrolladas en el área aduanera especial serán objeto de un régimen de estímulo a las ventas de mercadería originaria de dicha área que se destinare al extranjero o a un área franca.

d)         Cuando la mercadería fuere originaria y procedente de un área aduanera especial, la importación para consumo al territorio aduanero general estará exenta del pago de los tributos aduaneros que gravaren la importación para consumo y de la aplicación de las prohibiciones de carácter económico.

e)         Todo otro beneficio que establezca el Poder Ejecutivo nacional a los efectos de reducir asimetrías impositivas y aduaneras en la zona de frontera.

A esta hora, a siete horas de iniciado el debate, y a más de 10 horas de que se concrete la votación, la incorporación de estos distritos acerca más la posibilidad de que haya una aprobación de la medida.

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