Un delito de odio, un misionero acusado y la condena menor: tres años en suspenso

martes 20 de octubre de 2020 | 13:50hs.
Un delito de odio, un misionero acusado y la condena menor: tres años en suspenso
Un delito de odio, un misionero acusado y la condena menor: tres años en suspenso

“Ahora te tenés que quedar quieto y callado porque te vamos a matar por puto”, lanzó amenazante uno de los tres hombres mientras golpeaban con fiereza a la chica trans en su propio departamento, situado en Capital Federal.

Fue a las 3:30 de la madrugada del 25 de octubre de 2016.

Uno la sujetaba de atrás mientras los otros la golpeaban. Hasta dijeron que la iban a “pinchar” en alusión a asestarle una puñalada.

La golpiza terminó recién después de que la joven zafó de sus agresores y pidió auxilio a los gritos a través de una ventana que alcanzó a abrir.

Los delincuentes escaparon con sus llaves. Ella terminó hospitalizada, con heridas sangrantes en la cabeza que le demandaron puntos de sutura y más de 30 días de recuperación.

De los tres acusados, la pesquisa determinó que uno es de Misiones, oriundo de la localidad de Puerto Iguazú aunque está radicado desde hace varios años en Buenos Aires.

Se llama Leonardo Walter Suárez, tiene 30 años y por ese hecho fue condenado -hace cuatro días- a la pena de tres años de prisión de ejecución en suspenso.

El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional 5 de la Capital Federal determinó que es coautor material del delito de “lesiones graves agravadas por haber sido cometidas con odio a la orientación sexual e identidad de género, en concurso ideal con robo agravado por su comisión en poblado y en banda”.

Fue el único que llegó a la instancia de debate porque sobre su cómplice porteño, Mariano Emanuel Melgar, los jueces dictaron el “sobreseimiento por fallecimiento” y un tercero hasta ahora permanece prófugo, sin siquiera haber sido identificado por quienes estuvieron a cargo de la investigación.

En cuanto al misionero Suárez, paralelo a la condena le impusieron la prohibición absoluta de acercamiento y contacto por cualquier medio -ya sea personal, telefónico o por correo electrónico- hacia la damnificada.

Más allá de eso deberá iniciar de manera inmediata un tratamiento psicológico, realizar una serie de cursos sobre diversidad sexual e identidad de género y también hacer trabajo comunitario en una sede de Cáritas Diocesana durante 144 horas.

Su "falta de antecedentes condenatorios" y el "contexto familiar vulnerable" en el que creció, fueron determinantes para que la condena no haya sido de cumplimiento efectivo.

Contacto del Facebook

El expediente de la causa se demostró que el imputado fallecido (Melgar) se contactó con la víctima a través de una cuenta de Facebook identificada con el nombre de “Santiago Mesa”, que fue eliminada posterior al ataque.

Después de un mes de chateo, esa noche se pusieron de acuerdo para encontrarse en el departamento de ella pero a la hora pactada él apareció junto a los hombres, entre los que estaba el misionero.

Primero charlaron en la vereda y luego subieron al departamento.

“Una vez allí Melgar la agarró del cuello, por detrás, le dijo ‘ahora te tenés que quedar quieto y callado porque te vamos a matar por puto’ y mientras la sostenía dio la orden a los otros dos de que la golpearan, lo que hicieron durante varios minutos”, detalló el fiscal Juan Manuel Fernández Buzzi y agregó que “uno de los imputados, desconociéndose quien, refirió que la iban a pinchar”.

Describió que “cuando la víctima tiró un televisor, Suárez y la otra persona dejaron de pegarle, mientras Melgar la seguía sosteniendo. Luego, la víctima logró abrir una ventana para pedir ayuda y en ese momento Melgar la soltó y se fueron del lugar llevándose las llaves de acceso a su domicilio”.

En el debate declaró un vecino del edificio, quien admitió haber ayudado esa madrugada a la joven que llegó a su puerta “ensangrentada, diciendo que la habían asaltado y golpeado tres hombres”.

Sobre la tipificación agravada en relación al odio de género, los jueces entendieron que “el ataque fue dirigido con una especial aversión y rechazo a ciertas características relativas a su identidad de género. Se trató de una violencia estereotipada contra un miembro de un colectivo particularmente vulnerable”.

Crímenes de odio en Argentina

Entre el 1 de enero y el 30 de junio de este año, en todo el país un total de 69 personas LGBTIQ fueron atacadas, asesinadas, o sufrieron abandono por parte del Estado. Fueron 69 crímenes de odio.

Los datos son del informe (ver aquí) del Observatorio Nacional de Crímenes de Odio LGBT, creado por la Defensoría LGBT del Instituto contra la Discriminación de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, en articulación con la Federación Argentina LGBT y la Defensoría del Pueblo de la Nación.

La información que publican proviene de los medios masivos de comunicación, y de lo recolectado por la Defensoría LGBT a través de denuncias recibidas, de redes sociales y contactos telefónicos.

El 78% de los casos mencionados corresponden a mujeres trans (travestis, transexuales y transgéneros), el 16% a varones gays cis; el 4% a lesbianas y 2% a varones trans.

32 fueron asesinatos, suicidios y muertes por ausencia y/o abandono estatal; y 37 son ataques, violencia física que no terminó en muerte.

El informe señala que en el 51% los crímenes de odio son cometidos por personas, en tanto que el 49% son llevados a cabo por el Estado y dentro de este porcentaje, el 13% es perpetrado específicamente por personal de las fuerzas de seguridad en ejercicio de su función, configurando todos ellos casos de violencia institucional

Desde el Observatorio entienden a este tipo de crímenes “como un acto voluntario consiente, generalmente realizado con saña, que incluye, pero no se limita, a violaciones del derecho a la dignidad, a la no discriminación, a la igualdad, a la integridad personal, a la libertad personal y a la vida. Esta agresión tiene la intención de causar daños graves o muerte a la víctima, y está basada en el rechazo, desprecio, odio y/o discriminación hacia un colectivo de personas históricamente vulneradas y/o discriminadas, siendo en este caso nuestro objeto de relevamiento y observación el colectivo de personas de la comunidad LGBT”.

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