Suspender los desalojos no resuelve el problema

sábado 19 de septiembre de 2020 | 5:00hs.
Por Gustavo González

Por Gustavo González Diputado provincial

Desde hace varios años, la Cámara de Representantes de la Provincia de Misiones viene prorrogando la Ley XII N° 28, que suspende las ejecuciones de sentencias que tienen por objeto ordenar el desalojo o remate de inmuebles destinados a vivienda única y familiar, y a vivienda y producción agropecuaria única y familiar, cuando se verifica una ocupación superior a ocho  años, sobre predios urbanos y rurales, sean éstos fiscales o privados.

Cómo funciona en la práctica: hay dos partes (el propietario por un lado y el tenedor por otro) que son actores en un juicio (donde cada parte defendió su derecho); luego hubo una sentencia (que reconoce el derecho del propietario y ordena el desalojo); luego el que ganó el juicio (que duró varios años) inicia el trámite para recuperar su propiedad, pero una decisión (política) suspende el desalojo, frustrando su derecho.

La ley sancionada en 2014 establece que la suspensión dura un año y desde entonces, cíclicamente, la Cámara de Representantes viene prorrogando su vigencia, año tras año. Lo que es importante destacar es que la suspensión de los desalojos no afecta a grandes latifundios o empresas multinacionales. Los propietarios afectados que no pueden recuperar sus propiedades, son ciudadanos, trabajadores o colonos que recurrieron a la Justicia y confiaron que el Poder Judicial les iba a brindar una respuesta que hasta el momento no llegó porque el Poder Legislativo decidió suspender su derecho.

¿Pero de quién es la culpa? ¿De la familia que no tiene techo y el lugar donde vive es su única alterativa habitacional? ¿De aquel que quiere recuperar su propiedad y que depositó su confianza en la Justicia? La responsabilidad es del Estado Provincial, que hace seis años sancionó una ley única y excepcional para la emergencia y que, como no resolvió el problema en todo este tiempo, apela únicamente a mirar para otro lado y dilatar las soluciones de fondo.

En efecto, al mismo tiempo de disponer la suspensión de los desalojos, la ley impone al Ejecutivo una obligación (que no cumple) que es la de trabajar sobre los casos detectados para buscar una solución definitiva al conflicto, teniendo además que informar a los diputados si se justifica o no la continuidad del régimen establecido.

El Poder Ejecutivo debe informar a la Cámara de Representantes la situación socioeconómica de aproximadamente 540 beneficiados con la suspensión de la ejecución de sentencias. Estos informes se deben realizar a los fines de evaluar, en base a criterios objetivos que surjan de dictámenes profesionales interdisciplinarios, si se justifica o no la continuidad del régimen previsto en la presente norma. Sin embargo, nada de esto sucede.

Han pasado seis años desde la vigencia de la ley, el problema sigue siendo el mismo y seguimos “pateando” el problema para delante. Debe intervenir el Iprodha, Desarrollo Social, articular acciones para resolver el problema y salir de la excepcionalidad.

La situación social que atravesamos es muy compleja y la realidad de la Argentina es tan difícil que debemos tener mensajes claros desde los poderes del Estado.

Debemos generar políticas públicas para solucionar el déficit habitacional de miles de familias misioneros, pero con la misma vocación de reivindicar el derecho a la vivienda digna, también debemos dejar en claro que el respeto al derecho a la propiedad y la seguridad jurídica son requisitos esenciales para el desarrollo de una sociedad. La defensa de los diversos derechos debe ir de la mano, sin atajos, sin demagogias.