Multas por no usar barbijo tendrán tope de $4.800 para personas y $191.000 para empresas

lunes 06 de julio de 2020 | 18:57hs.
En las calles de todo Misiones habrá que andar con el tapa boca (barbijo) cuando lo disponga el Ministerio de Salud
En las calles de todo Misiones habrá que andar con el tapa boca (barbijo) cuando lo disponga el Ministerio de Salud
El gobernador de Misiones Oscar Herrera Ahuad reglamentó la llamada “ley del barbijo” que la Legislatura provincial aprobó la semana ante pasada. Allí se fijaron los valores para las multas que deberán afrontarlas personas que no utilicen el tapa bocas en las circunstancias establecidas por la norma. También se fijaron los procedimientos para detectar e informar la infracción. La medida se publicó esta tarde en un suplemento del Boletín Oficial de Misiones.

Las multas oscilarán entre las 25 unidades fiscales (UF) y las 73 UF para las personas que no utilicen el tapa bocas. Cada unidad fiscal representa el valor de un litro de nafta premium de YPF, por lo que estaríamos hablando de multas que rondan entre los 1.600 pesos y los 4.800 pesos.

En tanto que las empresas donde se detecta que clientes o trabajadores no utilizan la medida de seguridad, la multa rondará entre las 715 UF y las 2.858 UF, lo que significaría en estos días una suma que oscila entre los 47.800 pesos y los 191.400 pesos. Además, en el caso de que se trata de un supermercado, la multa se computará por cada persona en infracción dentro del local, según la reglamentación de la norma.

La norma establece un aliciente para quienes reconozcan la infracción, y así se establece que el pago voluntario será del mínimo que indica la reglamentación para cada caso.

Tendrán potestad para multar tanto el Ministerio de Salud, como autoridad de aplicación, como también los municipios o fuerzas de seguridad que trabajen en consonancia con la cartera, según indica la norma.

En el mismo lugar y momento en que se detecta la infracción se deberá labrar un acta donde conste el lugar, la fecha y la hora del hecho; como así también los datos personales del infractor, nombre y datos de los testigos si es que los hubiese, firma e identificación del agente que detecta la infracción y confecciona la multa, el detalle de la infracción y la citación al infractor para presentarse, a efectuar un descargo ante la autoridad de aplicación.