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Medida de la Cámara no alteraría la situación

viernes 12 de julio de 2019 | 5:00hs.
Medida de la Cámara no alteraría la situación
La Cámara Nacional Electoral decidió el miércoles que no tiene competencia para resolver la apelación que presentó el radicalismo contra la resolución de la Justicia Electoral de obligarlo a convocar a internas partidas. Esto dejaría firme la resolución que la Justicia tomó en noviembre pasado. Pero desde el radicalismo misionero aseguran que "se vuelve abstracta aquella decisión judicial", porque el partido se encuentra intervenido, desde diciembre y por otros motivos.
Así, desde la Unión Cívica Radical (UCR) de Misiones salieron a responder a la medida judicial que fue firmada en noviembre del año pasado por la jueza con competencia electoral María Verónica Skanata, en la que se les exigía convocar a internas. Juan Mela, apoderado de la UCR en Misiones, explicó que  "lo que resolvió al Cámara es que no tiene facultades para resolver sobre el pedido que hicimos, y por ello vuelve todo para atrás a noviembre, cuando la jueza determinó que debíamos llamar a internas".
Pero entre aquella resolución y esta decisión de la Cámara, que deja firma aquel fallo, pasaron cosas. Entre ello que el radicalismo misionero fue intervenido por el orden nacional, designando a Francisco Fonseca como interventor, y fijando ya una fecha de internas tentativas, previas al fin de esa intervención que será en marzo de 2020.
Mela indicó que a su criterio esto "vuelve obsoleta" aquella resolución. "La intervención cambió la situación y además en esa intervención ya se designó un plazo de intervención y un llamado a internas".
La fecha de las internas se definirán luego de las elecciones nacionales, pero por los tiempos necesarios para organizarlas y para luego preparar los traspasos de mando, se estima que la elección se haría entre enero y febrero del próximo año.
El proceso judicial se disparó porque una de las listas presentadas para la contienda por la conducción partidaria  había sido dada de baja, por el junta electoral partidaria, porque se consideró que no cumplía contodas los requisitos que impone la Carta Orgánica. 
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