viernes 29 de marzo de 2024
Nubes dispersas 20.8ºc | Posadas

Las reformas endurecerán sanciones y crearán normas en nuevos delitos

miércoles 14 de febrero de 2018 | 5:00hs.
Las reformas endurecerán sanciones y crearán normas en nuevos delitos
La modificación de los códigos Penal Argentino como del Procesal Penal de la Nación representarán este año dos reformas importantes a ser debatidos en el Congreso de la Nación. 
Los proyectos serían presentados el 2 de marzo, incluirán leyes ya sancionadas -flagrancia, proyección de las víctimas y unipersonalidad del juzgamiento- y comenzará a debatirse en la Comisión Asuntos Penales. 
Uno de las reformas, entre otras cuestiones, según resumió el sitio especializado Diario Judicial, le otorga mayor protagonismo a los fiscales, establece la toma de decisiones en audiencias orales y permite que los jueces que condenen en primera instancia puedan determinar la prisión inmediata de los acusados, sin la necesidad de que el fallo quede firme. El Ministerio de Justicia avanza con las reformas y busca que el proyecto sea debatido este año en el Congreso. La implementación llevará de cinco a siete años y se empezará por los extremos al centro del país.
El abogado Manuel Balanda, integrante del Colegio de Abogados de Misiones, en entrevista con El Territorio, destaca algunos importantes cambios acordes con los tiempos actuales, en especial referido al uso de la tecnología y por ello se apunta a ampliar los “ciberdelitos”, se incorpora el delito por acoso sexual y en siniestros viales, se establecerá el cumplimiento efectivo de la pena cuando el conductor se diere a la fuga o no intentase socorrer a la víctima, cuando el conductor hubiera estado bajo los efectos de estupefacientes o alcohol y cuando hubiera conducido en exceso de velocidad. También en la reforma está prevista pena de prisión perpetua para los jefes u organizaciones internacionales dedicadas al narcotráfico.

¿Cuál es la importancia de los proyectos de reformas penales que este año serán debatidos en el Congreso de la Nación?
Este será un año de reformas en materia de legislación penal, se debatirán en el Congreso de la Nación proyectos de modificación tanto del Código Penal Argentino como del Código Procesal Penal de la Nación. Serán modificaciones relevantes, lo que significa en la práctica que todos los operadores del sistema (jueces, fiscales, defensores, policía judicial, servicio penitenciario, abogados, entre otros) deberán actualizarse a esta nueva normativa para aplicarlas una vez que las mismas entren en vigencia. 

¿Cuáles son los puntos más relevantes en el proyecto de reforma del Código Penal?
Este proyecto de reforma viene siendo elaborado por una comisión multidisciplinaria presidida por el camarista federal de Casación Penal Mariano Borinsky. 
Se prevén importantes cambios, manteniéndose no obstante la línea de algunas de las leyes sancionadas en los últimos años, como por ejemplo en lo referente a libertad condicional. No se permitirá su concesión a aquellos condenados en determinados delitos como abuso sexual agravado, corrupción de menores, explotación, secuestro extorsivo, tortura, desaparición forzada de persona, trata de personas y terrorismo, entre otros. 

¿ Y los reincidentes?
Los reincidentes tampoco podrán acceder al régimen de la libertad condicional, en principio. Por otro parte, se busca implementar la prisión domiciliaria como alternativa viable en ciertas clases de condenas, a fin de evitar la superpoblación carcelaria.

Se empezó a decomisar bienes a narcotraficantes. ¿Hay cambios? 
En materia de decomiso de bienes, se busca extenderlo al producto, provecho o ganancia que surge de la comisión de ciertos delitos, y se propone un “decomiso anticipado y definitivo de bienes” (previo a la condena), algo que seguramente dará mucho que hablar.
Se establece la imprescriptibilidad de los delitos de genocidio, lesa humanidad, desaparición forzada de personas y crímenes de guerra; se incorpora el delito de “acoso sexual”; se amplía el elenco de “ciberdelitos” en base a las nuevas modalidades delictivas, principalmente en lo relacionado al “stalking” o acoso ilegítimo u hostigamiento, por el cual se atenta contra la libertad de la víctima. 

¿Cómo se avanzará en temas relacionados a accidentes de tránsito?
Se mantienen las agravantes previstos para el homicidio imprudente en siniestros viales, con pena de cumplimiento efectivo cuando el conductor se diere a la fuga o no intentase socorrer a la víctima, cuando el conductor hubiera estado bajo los efectos de estupefacientes o alcohol, cuando hubiera conducido en exceso de velocidad, o estando inhabilitado para hacerlo, si hubiere participado de una "picada", o si hubiera violado las señales de tránsito, o cuando fueren más de una las víctimas o actuando “culpa temeraria”. 

Tema de máxima actualidad como la corrupción, ¿qué se tiene previsto?
Con respecto a los hechos de corrupción, se elevan las escalas penales, y sobre el delito de enriquecimiento ilícito se amplían los plazos comisivos desde la fecha de la elección en el cargo público. También se propone ampliar las agravantes en el delito de cohecho y tráfico de influencias. 

Para narcotraficantes, ¿hay penas más duras?
Sobre el narcotráfico, se crea una nueva figura penal: la organización internacional dedicada al narcotráfico, y se prevé la pena de prisión perpetua para los jefes u organizadores de esta clase de organizaciones. 
Un punto fundamental de la reforma estaría relacionado con la determinación de la pena, fijándose parámetros objetivos que limitarían la discrecionalidad judicial. 
Por ejemplo, se partirá del tercio superior de la escala penal prevista para un delito cuando el hecho se ejecute con alevosía o ensañamiento, o cuando fuere cometido por motivos discriminatorios, violencia de género, o contra una persona en condición de vulnerabilidad (sea por su edad, por su condición social o por las tareas que desempeña), o cuando existiese pluralidad de intervinientes o alto grado de organización del hecho. 
Estos son sólo algunos puntos, entre otros que seguramente tendrán igual importancia, como la ampliación de la jurisdicción argentina –jurisdicción universal- para el juzgamiento de ciertos delitos (genocidio y lesa humanidad); la actualización de las penas de multa y la adopción de un sistema de fijación de días/multa; la incorporación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas para ciertos tipos de delitos ampliándose el elenco de penas de las que podrán ser pasibles (multas, pérdidas de beneficios, suspensión de participación en licitaciones, cancelación de personería), entre otros. 
Habrá que aguardar hasta que sea sancionado por el Congreso (si es que lo sancionan) para poder evaluar el alcance de la reforma. 

¿Y los principales puntos en el proyecto de reforma del Código Procesal Penal de la Nación? 
Se trata de un proyecto de ley presentado en el Congreso en octubre del 2016, y que será tratado recién este año. Una vez sancionado, se implementará en etapas comenzando en los Tribunales Federales de algunas provincias del país. Básicamente, introduce varias modificaciones al Código Procesal Penal de la Nación sancionado en 2015, cuya entrada en vigencia fue suspendida por decreto del Ejecutivo a finales de diciembre de ese mismo año. 
El Código Procesal Penal de la Nación se aplica en la investigación y juzgamiento de los delitos de competencia de la Justicia federal. 
Se mantiene el sistema acusatorio quedando a cargo de los fiscales la investigación del hecho y el sostenimiento de la acusación. Se incorporan medidas especiales de investigación como las figuras del arrepentido para casos de corrupción, el agente encubierto y el informante. 
Contempla un marco normativo para nuevos métodos de investigación criminal como por ejemplo la vigilancia remota sobre equipos informáticos, todo esto en atención a las nuevas tecnologías existentes. 
Muy importante de mencionar es la incorporación de la llamada “cosa juzgada írrita”, con lo cual se busca permitir la revisión de sentencias firmes en casos en las que éstas hayan sido dictadas de manera “fraudulenta”; algo que hoy cobra relevancia en atención a aquellas causas por delitos de corrupción que fueron cerradas o cuyos sobreseimientos beneficiaron sospechosamente a funcionarios públicos. 
Finalmente, cuando el tribunal oral dicte una condena de cumplimiento efectivo, si el acusado llegase en libertad al debate oral, a pedido del fiscal se aplicará el régimen de la prisión preventiva hasta que la sentencia quede firme, algo que seguramente también dará lugar a posiciones encontradas. 

Destacó el Código del 2015

El abogado Balanda plantea que de sancionarse el Código Procesal se aplicará a los procesos posteriores a su entrada en vigencia. "Y nuevamente aquí, habrá que aguardar hasta su sanción para así reflexionar sobre el alcance real de la reforma". Destacó que el Código sancionado en 2015, "es sin dudas innovador en todos sus aspectos, un verdadero cambio de paradigma en materia de proceso penal, y en lo personal espero que sus líneas esenciales se conserven porque es hacia donde el moderno derecho procesal penal se encamina actualmente: procesos ágiles con prevalencia de audiencias orales, a fin de lograr mayor celeridad procesal y sentencias que lleguen en tiempo razonable". A fin de cuentas, una Justicia lenta no es Justicia, y cada caso no resuelto es un mensaje de impunidad hacia la sociedad.


Te puede interesar
Ultimas noticias