Las discrepancias entre los jueces que resolvieron el caso Marilyn Bárbaro

domingo 28 de junio de 2020 | 0:00hs.
Marilyn fue asesinada la noche del 17 de abril de 2004 en su casa en Oberá.
Marilyn fue asesinada la noche del 17 de abril de 2004 en su casa en Oberá.
Daniel Villamea

Por Daniel Villamea Corresponsalía Oberá

Un sinuoso reguero de sangre atravesó la sala y bajó por el sótano, hasta donde fue arrastrada y enterrada… todavía viva. Hoy, la vieja casona de calle México y avenida Italia está abandonada, pero aún resuenan los ecos del horror que padeció María Elena “Marilyn” Bárbaro (54).
“Marilyn conservaba la candidez de la infancia. A los 7 años se enfermó de parálisis infantil, pero en vez de ser negativa, nos enseñó a ver la vida en forma positiva y nos ayudó a estudiar, a leer y a buscar lo mejor para nosotros”, contó alguna vez su hermana Juana “Ticha” Bárbaro, ahogando el llanto que surgía irremediable ante tanta saña e impunidad.
Y Ticha también falleció sin obtener justicia, ya que pasaron más de 16 años para arribar a un veredicto que condenó a sólo uno de los cinco imputados que tuvo la causa.
En tanto, para dos de los tres integrantes del Tribunal Penal subrogante no existió ensañamiento ni alevosía, tal como se probó en la instrucción.
Por ello, Rubén Oscar Schnimg (36) fue condenado a trece años de cárcel por “homicidio simple y robo”, pero por los siete años que ya purgó sin condena, en pocos meses estará en condiciones de obtener la libertad condicional.
El Tribunal que juzgó a Schnimg estuvo integrado por los camaristas Jorge Erasmo Villalba, Mónica Viviana Drganc Fernández y Graciela Ivonne Heppner, quien se opuso a la instancia del juicio abreviado y al cambio de calificación avalado por el fiscal Elías Bys.
“Para mí sí hay elementos suficientes para la calificación de ensañamiento y alevosía, están fundados en las pruebas que consideré de acuerdo a la sana crítica racional, lo cual me llevó a votar en disidencia”, subrayó Heppner, constituida en la última voz de la víctima.
De no ser por el cambio de calificación y la chance del juicio abreviado, Schnimg podría haber sido condenado a prisión perpetua.

Fiscal cuestionado
Así como desde un primer momento el caso Bárbaro estuvo signado por suspicacias, trabas y recursos, la sentencia atenuada generó un airado repudio en la comunidad obereña.
Por su parte, Heppner explicitó su desacuerdo con el cambio de calificación y el juicio abreviado que acordó el fiscal Bys con el imputado y su defensa.
“Varias razones me llevaron a estar disconforme con el encuadre legal estipulado en el acuerdo. En principio, la pena que le correspondería en el hipotético caso de que se realizara el debate es superior a lo que corresponde para el juicio abreviado. También discrepo en cuanto a la extracción de la alevosía y ensañamiento para la calificación legal, y en ese caso no hubiera habido juicio abreviado. Estuve en contra de la modificación de la calificación del delito y por eso rechacé el acuerdo”, precisó.
Consideró que el debate oral era la única posibilidad de acceder a todas las pruebas y decidir en consecuencia, por lo que se opuso al juicio abreviado.
Al argumentar su disidencia, Heppner mencionó que “el señor fiscal en la solicitud de trámite abreviado excede facultades del procedimiento al modificar la calificación legal obrante en el requerimiento de elevación a juicio por el mismo hecho allí descripto y para ello invoca una jurisprudencia del Tribunal Oral de Capital Federal resuelta por mayoría descripta como T. O. N° 29, c. 338 ‘Villalba J. L.’ sin indicación de los datos de publicación”.
Así, la camarista cuestionó la jerarquía del precedente citado por Bys y rechazó el acuerdo del juicio abreviado por “una discrepancia insalvable con la calificación legal aplicada en el acuerdo”.

Descripción del horror
La participación de Schnimg en el homicidio de Marilyn Bárbaro nunca estuvo en duda, ya que desde un primer momento el propio imputado se ubicó en la escena del crimen como “campana” de sus cómplices.
Para avalar la calificación de ensañamiento y alevosía, Heppner reconstruyó los últimos instantes de vida de la víctima.
El 17 de abril del 2004, alrededor de las 20.30, el asesino se hallaba escondido frente a la casa de Marilyn y esperó que se retiren sus hermanas, Judit y Delia, para entrar en acción. “…todo es observado por el imputado agazapado y escondido en un terreno baldío frente a la casa que se encontraba con la puerta abierta de par en par y el portón alto de la casa sin llave y aprovechando de la indefensión de la víctima -sola, discapacitada con una pierna amputada y sin las muletas o silla de ruedas a modo de ayuda- ingresa al inmueble con intención de robo, pero antes de consumarlo decide propinarle un feroz castigo con un elemento romo que le produce una fractura conminuta (en la que el hueso se fractura en dos o más fragmentos) del hueso occipital con cabalgamiento de los huesos parietales sobre los fragmentos del occipital, además de una efracción en el cuero cabelludo y los tejidos blandos de la zona”, se detalla.
Además, sufrió golpes en el rostro “con fractura de los huesos de la nariz y un gran hematoma bipalpebral derecho con herida cortante en el arco superciliar derecho y golpes en la espalda que se extendieron por toda la zona lumbar derecha a izquierda, ascendiendo hacia la espalda y axila del brazo izquierdo”.

Un hecho, dos visiones
Ante tremenda agresión, el propio imputado reconoció que el único intento de defensa de Marilyn fue tratar de gritar en dos oportunidades, pero tenía una mordaza en la boca.
“Luego decide arrastrar a la víctima desde el umbral de la casa hasta un sótano abierto ubicado debajo de la cocina, cava un pozo y entierra a la víctima bajo arena y piedra triturada, limpia la escena y para ello se descalza en el sector del lavadero, deja las huellas plantares en el piso de esta parte de la casa, cierra la casa y se apodera del vehículo”, detalló.
Para enmarcar su rechazo al cambio de calificación, Heppner citó que para la mayoría de los autores, el ensañamiento se da cuando el delincuente prolonga deliberadamente los padecimientos de la víctima.
“Es un modo cruel de matar. Es el deliberado propósito de matar haciendo sufrir, o dicho de otra forma, haciendo padecer sufrimientos físicos o psíquicos a la víctima. Es posible (como en este caso) cuando la víctima no está en condiciones de defenderse, con el que se mata complaciéndose en la agonía y por ende alargándola”, indicó.
Como contrapartida, Jorge Erasmo Villalba hizo hincapié en tecnicismos y remarcó que “el fiscal es el dueño de la acción penal. Si bien se elevó la causa con una carátula, el fiscal del Tribunal presentó una variación de la carátula en función a elementos que estaban reunidos en la causa y que no configuraban esas dos causales (ensañamiento y alevosía)”.
“Alevosía es dejar a una persona en indefensión y aprovechar esa circunstancia. Pero el caso concreto es que esta persona (por Marilyn Bárbaro) ya era indefensa de por sí. Es lo mismo que el ataque a una criatura, que ya es indefensa de por sí”, señaló textualmente.


Cuatro absueltos

La voluminosa causa por el homicidio de Marilyn Bárbaro tuvo cinco procesados. Además de Schnimg, también fueron implicados Matías Ortiz, Gabriel Piotroski, Patricio Do Santos y Daniel “Chaparro” Núñez.
Al inicio de la instrucción, el primero declaró que ofició de “campana”, pero luego se desdijo. Afirmó que la defensora oficial le recomendó que diga eso “porque así iba a zafar”.
Luego del hecho condujo el auto de la víctima, aunque argumentó que pensó que era el coche de Piotroski.
Se estima que el móvil del homicidio habría sido el robo, ya que la víctima tenía dinero de la venta de pinos.
Durante la instrucción, peritos de Gendarmería Nacional Argentina encontraron cabellos de la víctima en el interior del Ford Escort que conducía Ortiz, prueba que luego fue impugnada por la defensa debido a un falla en la cadena de custodia.
Argumentaron que se había violado una de las fajas de seguridad del coche que estaba en resguardo del Escuadrón 9 Oberá, lo que terminó favoreciendo al dueño del auto.
Ya sin sustento científico, todo el peso de la acusación se apoyó en la figura de Schnimg, quien estuvo preso siete años, hasta que fue beneficiado con la excarcelación bajo caución juratoria.
Previamente, en octubre de 2008, la jueza Kunzmann de Gauchat había ordenado el sobreseimiento y la liberación de Ortiz, Piotroski, Do Santos y Núñez.
Piotroski y Ortiz habían estado recluidos en una clínica privada, mientras que los otros procesados permanecieron en la cárcel de Oberá.