La Justicia deberá publicar sus sentencias y resoluciones

viernes 11 de octubre de 2019 | 5:00hs.
La Justicia deberá publicar  sus sentencias y resoluciones
La Justicia deberá publicar sus sentencias y resoluciones
Damián Cunale

Por Damián Cunale Jefe de Redacción Web

La Cámara de Diputados de Misiones aprobó ayer, en la anteúltima sesión ordinaria del año, una normativa que indica que desde ahora la Justicia de Misiones deberá publicar en un sitio de internet determinado todas las sentencias y resoluciones que emanen del Poder Judicial. Buscan de esta manera hacer más transparente el proceso judicial. 
Además, en la misma sesión, se aprobó la adhesión de Misiones a la ley nacional 26.905, la cual busca reducir el consumo de sodio regulando la presencia de este mineral en los distintos alimentos de consumo habitual. También ayer tomó estado parlamentario la renuncia del diputado provincial Carlos Goring, la cual regiría desde el 9 de diciembre. Un día después, Goring asumirá la intendencia de Colonia Aurora, tras haber sido elegido el pasado 2 de junio.

Justicia transparente
A partir de ahora, y por lo dispuesto en la normativa que propusieron los diputados Víctor Kreimer y Carlos Rovira, el Poder Judicial de Misiones deberá hacer público las sentencias y resoluciones.
“Se establece el derecho al acceso a la información judicial que se materializa por medio de la obligatoriedad de publicar todas las sentencias, acordadas y resoluciones administrativas que dicte el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia como así también los demás tribunales y juzgados que de este dependan”, afirma el primer artículo de la norma.
Especifica que “las publicaciones dispuestas se deben realizar a través de un diario judicial en formato digital o bien mediante la publicación de artículos en este formato. El mismo debe ser accesible al público de forma gratuita, por medio de la página de internet del Poder Judicial de la Provincia”.
A cargo de esto estará la Dirección de Acceso a la Información Judicial, que se crea con el mismo instrumento jurídico aprobado por los Legisladores en la sesión de ayer. Sobre el mecanismo para la publicación se explica que “los tribunales y juzgados de la Provincia deben enviar a la Dirección de Acceso a la Información Judicial todas las sentencias, precedidas cada una de ellas de un sumario o resumen”.
Previo a la publicación de los documentos, tanto la dirección como los mismo juzgados, deberán “adoptar los resguardos legales que correspondan en orden a la tutela de los derechos personalísimos de quienes, por ser parte o terceros en el proceso, pudieran resultar afectados por la difusión de datos protegidos”.
Según se desprende de los argumentos de la norma, en el orden nacional “los tribunales orales, sin excepción, publican todas las sentencias, acordadas y resoluciones administrativas que suscriban”, y entre los fundamentos para hacer esto la Corte Suprema indica que “la transparencia y publicidad de la gestión de gobierno son pilares fundamentales de una sociedad democrática”, reconociendo que el fundamento central del acceso a la información en los poderes del Estado consiste en “el derecho que tiene toda persona a conocer la manera en que sus gobernantes y funcionarios públicos se desempeñan”.
A criterio de la Corte, “el principio de publicidad de los actos de gobierno es inherente al sistema republicano establecido en la Constitución Nacional, por lo que su cumplimiento es una exigencia ineludible para las autoridades públicas”.
Consideran que con esta nueva normativa se favorece “la transparencia, información a la sociedad y mejore las condiciones de ejercicio para los profesionales del derecho”.  Y se asegura que “a partir de la difusión de los fallos podrían desarrollarse compendios de jurisprudencia que facilitarían y harían más eficiente la tarea de los abogados y, avanzar en el cumplimiento del principio republicano de publicidad de los actos, como el caso de la justicia de nuestra provincia”.