La Justicia autorizó que haya boletas cortadas en las mesas

domingo 14 de julio de 2019 | 4:00hs.
La Justicia autorizó que haya boletas cortadas en las mesas
La Justicia autorizó que haya boletas cortadas en las mesas
Damián Cunale

Por Damián Cunale dcunale@elterritorio.com.ar

La Justicia Federal con competencia electoral resolvió ayer hacer lugar a la petición del Frente Renovador de la Concordia para que en los cuarto oscuro de la tierra colorada haya boletas de los candidatos a presidente que no tengan anexada ninguna boleta de candidatos a diputados nacionales. 
Con esto, la renovación busca disminuir las posibilidades de errores por parte del elector a la hora de colocar en el sobre las boletas, teniendo en cuenta que el Frente Renovador presentará una boleta corta, solo con candidatos a diputados nacionales.
La resolución 5112/19, que lleva la firma de la jueza María Verónica Skanata, resuelve “ordenar a cada una de las agrupaciones que presenten boletas de precandidatos a presidente y vicepresidente de la Nación con la categoría adherida de diputados nacionales a presentar dentro del plazo y cantidades previstas en el considerando VII) boletas que contengan solamente la categoría presidencial, además de aquellas ya oficializadas en dos cuerpos categorías presidente y diputados nacionales”.
Además de esto, dispone “la provisión y distribución de boletas el día del comicio en los distintos locales de votaciones esté a cargo de cada agrupación política”, como así también que “las boletas sean acondicionadas en el cuarto oscuro conforme lo dispuesto en el considerando VII) de la presente”. El considerando mencionado indica que “en lo que hace al argumento desplegado en torno al orden de las boletas, habré de disponer que las mismas sean acondicionadas en el cuarto oscuro siguiendo lo dispuesto por el art. 85 inc. 5) del CEN es por su número de menor a mayor, de izquierda a derecha”.

Pedido, rechazos y argumentos
El pedido concreto de la renovación fue que “se autorice dentro del material electoral a proveer para el cuarto oscuro ejemplares de boletas que contengan únicamente las categorías presidenciales de todos los partidos y/o alianzas que los postulen, además de las que contengan ambas categorías; habilitándose a todos los partidos y frentes en competencia en estas elecciones a proveerlas, como así también a sus respectivos fiscales”.
En los fundamentos de ese pedido indicaron que “las boletas con tan sólo la categoría presidencial, tiene como fin inmediato instrumentar las vías adecuadas para que el sufragio, elemento determinante del proceso electoral, garantice al elector que su voluntad se vea reflejada y que el instrumento que sirve de vinculo para su expresión sea claro, accesible, fácil y sencillo de utilizar”. 
Según se desprende de la resolución, los apoderados de Juntos por el Cambio, Consenso Federal, Frente de Todos y el Partido Obrero se presentaron en desacuerdo con que se cumpla el pedido de la renovación. 
Los argumentos de estos circulan en torno a que la renovación “en su estrategia política ha decidido ir sólo con candidatos a diputados nacionales sin firmar acuerdos de adhesión, pretendiendo con un planteo con visos de interés general cambiar las reglas de juego”. 
Esto, además de decir que “los únicos autorizados a manejar las boletas –tenencia y distribución- son los propios partidos, encontrando inconvenientes prácticos en incorporar una segunda boleta únicamente para la categoría presidencial por su costo y distribución" y se oponen a que esa actividad sea cumplida por la Renovación. También alegan que “la pretendida dificultad en el corte de boleta en la práctica no es tal; existiendo muy pocos casos de nulidad de votos por superposición de boleta” y que “la multiplicidad de boletas y la ubicación de las boletas presidenciales alteraría el orden establecido por el Código Electoral”.
A cada uno de estos planteos, la jueza respondió con argumentos propios, y citando fallos de otros estratos judiciales, para finalmente darle el visto bueno al pedido renovador.
Entre otras cosas indica que “en lo relativo al corte de boleta, es dable destacar que por imperativo procesal, los magistrados tenemos la carga legal de velar por que el proceso bajo nuestra dirección, se cumpla regularmente y no existan vicios en los actos electorales que los tornen pasibles de declaración de nulidad”, y agrega que “sin desmerecer al electorado misionero que ha demostrado reiteradamente conocer sus derechos electorales, lo cierto es que es mi deber velar por que el comicio se lleve a cabo con celeridad, evitándose colas y demoras innecesarias. Y es deber de la suscripta de evitar molestias, demoras y nulidades”. 
Así, la jueza considera que con la medida se facilitaría el acto de votación, evitando el corte de boleta dentro del cuarto oscuro.
En otro pasaje del fallo señala que “la existencia de boletas de una sola categoría (además de la completa con las dos categorías que se encuentran oficializadas), contrariamente a lo que sostienen los señores apoderados que se oponen, entiendo facilitaría la emisión del sufragio al elector, y de ningún modo atentaría en contra del interés de sus partidos, al contrario preservaría de nulidades eventuales, descartando la posibilidad de encimar categorías, teniendo siempre la posibilidad el elector de hacerse de la boleta adherida, si su intención es votar a la propuesta integral de un partido de los que ofrecen ambas (presidente y diputados nacionales)”.
A los demás espacios políticos les quedará ahora la posibilidad de apelar la medida. O aceptarla y seguir adelante, quizás, revisando alguna estrategia de campaña. 
Para la renovación esto representa un alivio, al temor de parte de la dirigencia de que el votante, por conocimiento o por descuido,  termine anulando el voto.