#InformedeDomingo: La implementación de la Ley de Sponsorización está completa

domingo 18 de febrero de 2018 | 11:30hs.
#InformedeDomingo: La implementación de la Ley de Sponsorización está completa
#InformedeDomingo: La implementación de la Ley de Sponsorización está completa
La resolución 18/18 de la Dirección General de Rentas (DGR) cierra el círculo para la implementación completa de la Ley V N° 11, que reglamenta el régimen de sponsoreo privado para deportistas, poniendo en marcha el incentivo que faltaba para que desde el sector privado se vuelquen fondos para financiar la actividad de deportistas e instituciones deportivas. Es que desde el viernes se pusieron en marcha los mecanismos para que quienes se transformen en tutores o sponsors deportivos puedan acceder al beneficio impositivo que plantea la ley.

La puesta en marcha plena de la ley se hizo esperar. El proyecto había sido presentado en 2010 por la diputada mandato cumplido Elsa Fabiana Perie. Y fue sancionada el 6 de octubre de 2011, días antes de que la mencionada legisladora terminara su mandato. La ley entonces tenía dos grandes objetivos: regular y controlar el sponsoreo de las actividades deportivas e incentivar a los privados para que se involucren financiando proyectos de esta índole.

En aquella noche de sesiones, y según consta en los registros taquigráficos de la Cámara de Diputados, Perie había afirmado que “lo que esta ley busca es promocionar la participación privada e incentivar de alguna manera por parte del Estado”.

Y había acotado además que el régimen de sponsorización “va a ser en beneficio de todos nuestros deportistas y cumplirá una función social muy importante, porque sabemos que el deporte es una herramienta fundamental para que los jóvenes se formen en principios y valores y que sean hombres de bien”.

Pero tras la aprobación por parte de los diputados, la ley quedó en el aire y su aplicación fue demorada.

Esto hasta febrero de 2017, cuando el gobernador Hugo Passalacqua, que en aquella sesión de 2011 fue uno de los diputados que votó a favor de la iniciativa, decidió promulgarla. Allí se puso en marcha el primero de los objetivos, el de regular y controlar el sponsoreo, sobre todo en lo que respecta al cumplimiento de los proyectos deportivos.

Pero recién el viernes pasado llegó el paso más importante para que desde el sector privado se involucren en la idea.
La DGR, finalmente, reglamentó los mecanismos por los cuales se beneficiará a quienes hagan un aporte económico para financiar actividades deportivas.

Se trata de un beneficio de hasta el cinco por ciento en el pago de los impuestos de Ingresos Brutos. Beneficio que será igual al aporte hecho al deportista o a la actividad, siempre y cuando este no supere el mencionado cinco por ciento del total a abonar por el impuesto.

Cómo acceder al sponsoreo

La ley en cuestión tiene como objetivo regular e incentivar el sponsoreo de actividades deportivas desde el sector privado. Para esto se creó un registro que tiene dos instancias: la de los sponsors y la de quienes buscan el sponsoreo.

Los interesados en conseguir el sponsoreo deben presentar un detalle del proyecto deportivo a financiar con carácter de declaración jurada. Entre los beneficiarios que podrán acogerse a este régimen se encuentran las instituciones sin fines de lucro, clubes, asociaciones y entidades civiles; deportistas de todas las disciplinas y licenciados en educación física, profesores, entrenadores y técnicos con título habilitante.

En el caso de los deportistas, el proyecto deberá contener una carta de presentación, datos personales, antecedentes y reseñas de su trayectoria deportiva; especificación del cronograma de competencias previstas y un plan de entrenamiento que incluya aspectos nutricionales, rutinas de entrenamiento físico, cursos de capacitación técnica, controles médicos y eventuales asistencia.

En tanto que para las instituciones dedicadas a la actividad deportiva, el proyecto deberá contener objetivos, actividades o eventos afines que contiene y que requieren el patrocinio; propósito de los actos a desarrollar; presupuesto necesario para la realización del proyecto y solicitud de patrocinio y contraprestación para los patrocinadores.

Una vez que los interesados realicen la presentación de su proyecto ante la autoridad de aplicación, el Ministerio de Deportes tendrá un plazo no mayor a 60 días para aprobar, objetar o rechazar la propuesta.

Con la aprobación, se podrá salir a buscar la financiación privada asegurándole a quien contribuya que si cumple con los requisitos que le impone la DGR, entonces podrá acogerse a los beneficios por ser sponsor de ese proyecto.