En Misiones detectaron a 700 personas sin registrarse al nacer

lunes 26 de junio de 2017 | 7:05hs.
En Misiones detectaron a 700 personas sin registrarse al nacer
En Misiones detectaron a 700 personas sin registrarse al nacer

Desde el pasado mes de febrero y hasta la primera quincena de este mes de junio en curso, se detectaron 700 ciudadanos misioneros que nunca fueron inscriptos al nacer y por ello no tienen Documento Nacional de Identidad (DNI). En algunos casos se trata de personas que pasaron la mayor parte de su vida sin DNI, lo que se traduce en el no reconocimiento de sus derechos.

El dato se desprende de los diferentes operativos que realiza el Registro Provincial de las Personas, en el marco de Indocumentado Cero. Este plan estratégico de trabajo busca agilizar las Inscripciones Tardías, es decir, generar una partida de nacimiento y DNI para aquellos que jamás existieron para el sistema. El programa incluye, por un lado, campaña de concientización y, por otro, asumir tareas que hasta hace poco sólo eran competencia de la Justicia.

Según el informe del Registro, al que tuvo acceso El Territorio, Andresito es el municipio con mayor demanda, con 87 vecinos relevados sin siquiera partida de nacimiento; le sigue Puerto Iguazú con 61; y un tercer puesto es compartido entre las localidades de San Pedro y El Soberbio, con poco más de 50.

También recorrieron Wanda, Eldorado, Oberá, Campo Viera, Campo Grande, Puerto Libertad, San Vicente, Puerto Leoni, Bernardo de Irigoyen e Hipólito Irigoyen.

El cambio del trámite radica en que el Registro presta un servicio que antes no estaba previsto; lo cual fue acordado con el Superior Tribunal de Justicia (STJ) en diciembre último. Anteriormente, se limitaba a rubricar un certificado negativo, que implica dejar constancia de que la persona no cuenta con DNI y nunca fue inscripta. De ahí en más, era responsabilidad de cada ciudadano efectivizar la demanda ante el Juzgado de Paz.

Primero: aprobar el Proyecto de Reglamentación y su Instructivo respecto a la Intervención del Defensor Oficial en los Juicios de Inscripción Tardía de Nacimiento Ley XII-Nº 30 del Código de Procedimiento Civil, Comercial, de Familia y de Violencia Familiar de la Provincia de Misiones.

Segundo: de la que formará parte como Anexo de la misma el Instructivo y Anexo I: “Reglamentación Artículo 4, primer párrafo de la Ley XII-Nº 30 Intervención de Defensor Oficial en juicios de inscripción tardía de nacimiento como patrocinantes de los interesados”.