El intendente de Puerto Leoni admitió que incumplió sus funciones públicas

lunes 10 de agosto de 2020 | 21:58hs.
Misiones
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El intendente de la localidad de Puerto Leoni, Claudio Fabián Cano (47), acordó en un juicio abreviado la pena de un mes de inhabilitación para ejercer cargos públicos y multa de 12.000 pesos, tras admitir haber cometido el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, previsto y penado por el artículo 249 del Código Penal Argentino.

La causa que lo sentó en el banquillo de los acusados fue impulsada por el Tribunal de Cuentas de la provincia de Misiones en el año 2014, por no haber rendido la documentación respaldatoria de gastos y recursos del segundo, tercero y cuarto trimestre del ejercicio 2010.

La denuncia había sido radicada en el Juzgado de Instrucción Seis de Posadas, cuyo titular es Ricardo Balor. La fiscal Patricia Clérici, al considerar dicha instancia agotada elevó la causa a debate pero Cano, reelecto el año pasado por cuarta vez consecutiva en dicho municipio, decidió acortar los tiempos procesales admitiendo todo en un juicio abreviado.

El acuerdo de monto de pena fue entre la defensa del funcionario y la fiscal del Correccional y de Menores Uno de Posadas, María Laura Álvarez, subrogante en este caso, quien le impuso al imputado el máximo previsto para el delito. Resta que el titular del Juzgado Correccional y de Menores, Cesar Jiménez, homologue el acuerdo en el transcurso de esta jornada para que la condena sea efectiva.

Entre los elementos de prueba que figuran en el expediente, aparece un informe del Tribunal de Cuentas datado de septiembre de 2016, dando cuenta que a esa fecha Cano aún no había presentado la rendición de cuenta, hecho por el cual incluso fue intimado con una sanción administrativa.

Un mes después de eso (octubre de 2016) hizo una presentación sin haber solicitado prórroga ni cumpliendo con los estándares exigidos, por lo que fue calificada como extemporánea y se detalló que la misma “no contaba con informes sobre su aprobación, desaprobación o reparos formales y/o sustanciales que se hubieren efectuado”.

Cuarto mandado


Cano fue electo intendente de Puerto Leoni por primera vez en el año 2007, luego reelecto cuatro veces de forma consecutiva hasta el mandato actual, vigente desde el año pasado.

En el discurso de asunción de su primer período al frente de la comuna aseguró ante sus votantes que la localidad iba “a cambiar, modificando el rumbo y trayendo fuentes de trabajo”. Pidió confianza y que lo acompañen, más allá de “un poco de tiempo para demostrar que nosotros somos el cambio”.

El artículo 249 del Código Penal dice que “será reprimido con multa de 750 a 12.500 pesos e inhabilitación especial de un mes a un año, el funcionario público que ilegalmente omitiere, rehusare hacer o retardare algún acto de su oficio”.