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Diez años de prisión para De Amorin por captar y prostituir a dos menores

viernes 14 de junio de 2019 | 5:00hs.
Diez años de prisión para De Amorin por captar y prostituir a dos menores
De Amorin guardó silencio durante el desarrollo de todo el juicio.
De Amorin guardó silencio durante el desarrollo de todo el juicio.
Jorge Posdeley

Por Jorge Posdeley fojacero@elterritorio.com.ar

Juan De Amorin (53) permaneció una década en libertad mientras se tramitaba la causa en su contra por el presunto delito de trata de personas y a partir de ayer deberá pasar esa misma cantidad de tiempo tras las rejas, ya que la Justicia lo declaró culpable en un debate oral. 
El hombre estaba imputado desde mayo del 2009, cuando efectivos de la Gendarmería Nacional Argentina (GNA) rescataron a dos menores que se encontraban en uno de los bares de su propiedad en San Vicente, pero casi desde el comienzo del expediente permaneció en libertad beneficiado con la excarcelación. 
Una década después, su situación cambió por completo, dado que el miércoles llegó el momento de su juicio y tuvo que enfrentar a la Justicia por el grave delito que le endilgaba. 
Tras el desarrollo de la primera jornada, en la audiencia de la víspera estaba prevista exposición de los alegatos y el dictado de la sentencia, fallo que aún resuena en los pasillos del Tribunal Federal de Posadas. 
Es que ayer al mediodía, poco después de las 12.30, el tribunal presidido por la magistrada Norma Lampugnani e integrado además por sus pares Manuel Jesús Moreira y Víctor Alonso, declaró a Juan De Amorin como autor penalmente responsable del delito de trata de personas agravada y le aplicó una pena de diez años de prisión. 
El monto de la pena impuesto fue plenamente coincidente con el pedido planteado instantes antes por la fiscal Vivian Barbosa, quien durante casi 45 minutos desplegó un contundente alegato en el cual realizó un repaso de la materialidad del hecho, como así también un análisis de las pruebas y testimonios recolectados tanto en la etapa instrucctoria como durante el desarrollo del juicio. 

Relatos desgarradores
El alegato de Barbosa, acompañada por el fiscal Pablo Di Loreto, comenzó minutos antes de las 10 y se extendió hasta casi las 11. 
Apoyándose en la proyección de imágenes para acompañar su alocución, la fiscal inicialmente hizo mención a la ley de trata vigente, para luego realizar un repaso del allanamiento efectuado el 16 de mayo de 2009 en el Bar Especial que era propiedad de De Amorin y a los elementos incautados en el lugar. 
Luego, basó gran parte de su alegato en el repaso de los testimonios vertidos por las víctimas-testigos, dos chicas de 14 y 15 años, respectivamente, que en su momento declararon tanto en sede judicial como en Cámara Gesell, pero a la vez hizo referencia a los aportes brindados en debate tanto por Claudia Lascano, integrante de Alto a la Trata, y María Pizarro, una psicóloga del Ministerio de Derechos Humanos en aquel entonces. 
“La ley establece que sujeto activo lo puede ser cualquier persona. En este caso lo ha sido De Amorin. Ahora, en cuanto al sujeto pasivo, requiere una cualidad especial, que se trate de menores de edad, este extremo también se halla acreditado. No solamente por los dichos de las víctimas, sino también por los documentos de las mismas. Y también abonan la minoridad y la condición de adolescentes infantes de las dos chicas el testimonio de Lascano y Pizarro”, expresó Barbosa.
Y profundizó: “A lo largo del proceso las víctimas fueron contestes al momento de relatar cómo fueron captadas. Ambas dijeron que fue Juan -De Amorin- quien las cruzó en la calle y les ofreció trabajar en el bar. En sede judicial han dicho que se encontraron con el dueño del bar, que él les dijo ‘si queríamos trabajar allí y nos contó las ganancias. Una semana estuvimos bien, después no nos dejaba salir ni a la esquina, nos cobraba el agua y el gas. Él tenía otro local, nos llevaba allí si había clientes. Nos llevaba y traía en su auto”. 
En la continuidad de la exposición, Barbosa consideró que De Amorin “promovió el comercio sexual de las menores. Las víctimas han declarado de que Amorin en todo momento decía ‘cuánto más jóvenes mejor, cuánto más pendejas mejor, así más ganancias tengo’. Las pericias telefónicas también dan cuenta de ello. Facilitó el ejercicio de la prostitución y explotación sexual porque brindó las habitaciones. Él construyó esas habitaciones con esa sola finalidad”. 
Y en base a ello expresó que “sin dudas el tipo básico de la figura penal del Artículo 145 ter se halla plenamente acreditado. Los accionares requeridos, la condición de vulnerabilidad de las víctimas, como así también la finalidad de explotación, que en este caso fue consumada. Pero este accionar está agravado porque ha utilizado violencia, amenazas y abuso de la situación de vulnerabilidad”. 
Para sostener el agravamiento por uso de la violencia, Barbosa leyó fragmentos de las declaraciones en Cámara Gesell, los cuales fueron calificadas por ella misma como “desgarradoras”. 
“Una de las víctimas dijo que no tenía opción de salir del lugar, no había cómo tener contacto con la gente. ‘Intenté escapar dos o tres veces y me fue muy mal. Después de eso no lo intenté más. Te encerraba en una pieza y te violaba durante dos o tres días sin darte comida’. Él decía que no les servía golpeadas, con moretones. Entonces, el castigo era violar y no dejar comer”, repasó.
Por último, antes de pedir la pena de diez años de prisión para el imputado, Barbosa indicó que no quedaban dudas de que De Amorin “ejercía pleno dominio del hecho” y se preguntó por la posibilidad de que el imputado desconozca las edades de las chicas, pero rápidamente lo consideró como algo “imposible”. 
“Los DNI se encontraban en sus domicilios y su negocio era ofrecer chicas jovencitas. Era el atractivo particular de su Bar Especial. Tenía pleno conocimiento de la ilicitud de su accionar, por eso cuando aparecía la Policía se escondía a las chicas en la cocina. En Cámara Gesell ellas manifestaron: ‘Él nos puso una edad y un nombre cuando llegamos’. Esto es lo que se manifiesta como pérdida de identidad absoluta. Eran cosas, objetos, mercadería para su provecho”, lanzó. 
Al concluir, pidió que el imputado sea declarado como autor de trata de personas en la modalidad de captación, recepción y acogimiento de menores de edad con fines de explotación sexual agravado por violencia, amenazas y abuso de una situación de vulnerabilidad. 

Nulidad y absolución
Luego, llegó el turno del alegato de la defensora oficial Susana Criado, quien en primera instancia solicitó la absolución del imputado, al insistir en la declaración de nulidad del acta inicial de los procedimientos efectuados en 2009, sobre el cual argumentó que como De Amorin no sabe leer ni escribir, debía ser firmado por alguien de su confianza y esto no fue cumplido. 
Además, volvió a pedir la nulidad de la indagatoria en la etapa de instrucción y señaló, “sabemos que la indagatoria es la base de la acusación. Si cae la indagatoria, por lo tanto cae todo el proceso ulterior”. 
En forma subsidiaria, la letrada pidió que en caso de que el tribunal condene a De Amorin, se le aplique la pena mínima y sin los agravantes. También solicitó que el hombre quede en libertad hasta que la condena quede firme. 
En su fallo, el tribunal rechazó los planteos de nulidad, como así también el pedido de continuar en libertad, ya que dispuso que De Amorin siga alojado en la unidad carcelaria en la que se encuentra desde hace dos semanas. 
La lectura de los fundamentos de la sentencia fue programada para el viernes que viene.
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