2026-10-25

Por una demanda tras el deceso de Fabrizio Bareiro Figueredo

La Justicia sentó precedente a favor de pacientes electrodependientes

La Cámara de Apelaciones falló a favor del reclamo de los padres de un niño fallecido. Se reconoció la responsabilidad de Emsa por la prestación deficiente del servicio.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, de Familia y Fiscal Tributaria de Misiones falló a favor de los padres de un niño electrodependiente fallecido, quienes reclamaron indemnización por daños materiales, morales, psicológicos y punitivos debido a deficiencias en el suministro eléctrico.

La demanda se entabló en 2022 contra Electricidad de Misiones SA (Emsa), luego de que Fabrizio Bareiro Figueredo, paciente electrodependiente y con daño neurológico severo, padeciera reiterados cortes de luz en su casa, en Candelaria, donde no contaba con un generador alternativo de energía.

La situación desgastó la salud del pequeño, que falleció a los cuatro años, en julio de 2020.

“En autos se encuentra reconocida la existencia de un usuario electrodependiente (...) cuya subsistencia y estabilidad clínica dependían de modo directo de un suministro eléctrico continuo y en niveles de tensión adecuados para alimentar el equipamiento médico prescripto”, cita la resolución de Cámara fechada el pasado 29 de septiembre.

Se agrega que “la normativa es explícita al precisar que dicho fluido eléctrico se encuentra destinado de manera directa a evitar riesgos en la vida o salud del paciente”, por lo que “la provisión continua y adecuada del servicio eléctrico no constituye para ellos una comodidad doméstica, sino un presupuesto material indispensable para el resguardo de la salud, la integridad y la dignidad”.

La Cámara enfatizó la aplicación de la ley para usuarios electrodependientes y la Ley de Defensa del Consumidor, así como tratados internacionales de derechos humanos.

Daño probado

En consecuencia, el fallo reconoce la responsabilidad de Emsa por la prestación deficiente del servicio; admite daños materiales, morales y punitivos, y obliga a la aseguradora a responder monetariamente. Además, ordena a Emsa adoptar medidas preventivas para evitar futuros daños a usuarios en situación similar.

“(…) existe coincidencia entre los testimonios brindados en autos, en cuanto a que la prestación del servicio por parte de la demandada fue deficiente durante el tiempo que duró la internación domiciliaria del menor Fabrizio Bareiro (cortes reiterados y baja tensión)”, precisa la resolución.

A su vez, cita que Emsa “reconoció la existencia de nueve interrupciones del suministro eléctrico en el domicilio del menor durante el período en que éste se encontraba bajo régimen de electrodependencia”.

Por ello, si bien no se acreditó que el fallecimiento fuera consecuencia directa de los cortes, sí se reconoció el daño por la prestación deficiente.

La Cámara lo explicitó así: “La existencia de un servicio defectuoso en perjuicio de un sujeto hipervulnerable, niño electrodependiente con discapacidad, permiten vincular con un grado de probabilidad suficiente el deterioro en la calidad de vida y salud del niño Fabrizio Adrián con los cortes, alta y baja de tensión en este caso particular y con los perjuicios reclamados en demanda”.

Caso testigo

En la resolución de 63 fojas a la accedió este medio, la Cámara revocó la sentencia de primera instancia, hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a Emsa y a la aseguradora Provincia Seguros SA a pagar los daños reconocidos, con intereses y costas.

Además, se ordenó a la empresa prestataria eléctrica adoptar medidas urgentes para garantizar el cumplimiento de la normativa para usuarios electrodependientes de la provincia de Misiones.

“Se exhorta a Emsa para que adopten medidas adecuadas para la prevención de daños futuros como el ocurrido en las presentes actuaciones, con la urgencia que la situación amerita”, teniendo en cuenta “los inscriptos en el Registro correspondiente dentro de su área de concesión”.

La demanda fue entabla por Leonardo Rubén Bareiro y Lourdes Marcela Figueredo, los padres de Fabrizio, con asesoramiento letrado de Juan Manuel Thomas.

El reciente fallo constituye un precedente para todos los pacientes electrodependientes de Misiones.

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