2026-10-09

El Gobierno apeló el fallo que ordenó aplicar la Ley de Financiamiento Universitario

La administración de Javier Milei recurrió la sentencia del juez federal Martín Cormick, que declaró inconstitucional el decreto que condicionaba la ejecución de la norma a la identificación de los recursos presupuestarios. Ahora, la Cámara Contencioso Administrativo Federal deberá revisar la decisión.

El Gobierno nacional apeló el fallo judicial que ordenó aplicar de manera inmediata la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente, en una nueva instancia del conflicto por los recursos destinados a las universidades públicas.

La presentación cuestiona la sentencia del juez federal Martín Cormick, quien declaró inconstitucional el decreto 759/2025, mediante el cual el Poder Ejecutivo había promulgado la ley, pero condicionado su implementación a la determinación de las fuentes de financiamiento y la incorporación de las partidas correspondientes al presupuesto.

Tras la apelación, el caso será analizado por la Cámara Contencioso Administrativo Federal.

Días atrás, Cormick había hecho lugar a un amparo colectivo presentado por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), universidades y docentes. En su resolución, ordenó al Estado nacional cumplir de inmediato con la norma y dictar las disposiciones necesarias para su ejecución.

Qué establece la Ley de Financiamiento Universitario

La Ley 27.795 fue sancionada en agosto de 2025 y posteriormente vetada por el presidente Javier Milei. Sin embargo, el Congreso insistió con su aprobación por los dos tercios de los votos en ambas cámaras. Diputados rechazó el veto el 17 de septiembre y el Senado completó el procedimiento el 2 de octubre de ese año.

La normativa contempla la actualización de los gastos de funcionamiento de las universidades públicas, la recomposición de los salarios de docentes y no docentes, y la actualización de las becas estudiantiles de acuerdo con la inflación. Además, establece la convocatoria obligatoria a paritarias y prevé partidas destinadas a investigación.

Luego de la insistencia parlamentaria, el Ejecutivo promulgó la ley mediante el decreto 759/2025, publicado el 21 de octubre. No obstante, dispuso que su aplicación quedara condicionada a la identificación de los recursos necesarios y a la incorporación de las partidas presupuestarias.

Para justificar esa decisión, el Gobierno invocó el artículo 5 de la Ley 24.629, que establece la necesidad de prever el financiamiento de las normas que generan nuevos gastos.

Los antecedentes judiciales

La disputa llegó a la Justicia a partir de la presentación del Consejo Interuniversitario Nacional y distintas universidades. En diciembre de 2025, Cormick dictó una medida cautelar que ordenó aplicar los artículos 5 y 6 de la ley, vinculados con los salarios y las becas.

La decisión fue confirmada por la Cámara y quedó firme el 25 de junio de 2026, cuando la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso presentado por el Estado nacional. Sin embargo, ese pronunciamiento no resolvió la cuestión de fondo sobre la constitucionalidad del decreto.

En septiembre, el juez intimó al Gobierno a acreditar el cumplimiento total de la medida cautelar en un plazo de cinco días, bajo apercibimiento de aplicar multas diarias. En respuesta, el Ejecutivo sostuvo que había cumplido con sus obligaciones mediante aumentos salariales, negociaciones paritarias y actualizaciones de becas.

Finalmente, en la sentencia del 6 de octubre, el magistrado avanzó sobre el planteo de fondo y declaró inconstitucional el mecanismo utilizado para condicionar la aplicación de la ley.

Cormick consideró que el Poder Ejecutivo no podía suspender los efectos de una norma aprobada por el Congreso, incluso después de que ambas cámaras rechazaran el veto presidencial. Según su interpretación, el procedimiento aplicado había funcionado como una nueva instancia de veto no contemplada en la Constitución.

Con la apelación del Gobierno, la controversia continuará en la Cámara Contencioso Administrativo Federal, que deberá revisar la resolución judicial en medio de los reclamos del sector universitario por el financiamiento y la recomposición salarial.

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