2026-09-16

Posturas encontradas en la posibilidad de que abogados también puedan presidir la Agencia Tributaria de Misiones

El tema se está planteando en la Cámara de Diputados. El diputado y contador público, Cristian Castro rechazó tal posibilidad en consonancia con lo que plantearon desde el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Desde el Colegio de Abogados, recuerdan que solo tres provincias entre ella Misiones tiene ese impedimento.

La Cámara de Representantes de Misiones se encuentra debatiendo modificaciones vinculadas a la Agencia Tributaria Misiones (ATM). Se evalúan los requisitos profesionales necesarios para estar al frente de la ATM, ante la posibilidad de que no solo contadores públicos estén al frente sino abogados con especialización en derecho tributario.

Sobre el tema opinaron el presidente del Colegio de Abogados de Misiones, Antonio López Forastier que apoyó tal iniciativa, en tanto, el diputado provincial Cristian Castro, contador y diputado provincial del Partido Agrario y Social (Pays), rechazó tal modificación. Este legislador cuestionó la modificación de la Agencia Tributaria Misiones incluida en el proyecto de Presupuesto 2027 y respaldó el planteo del Consejo Profesional de Ciencias Económicas.

Desde este ámbito, exigen que el artículo 12 del Código Fiscal continúe reservando exclusivamente el cargo de Director General para profesionales con formación específica en Ciencias Económicas. En igual sentido y rechazando modificar se expresó Castro. “La verdad que no estoy de acuerdo”, afirmó en declaraciones a Radio UP. Anticipó que solicitará modificar el artículo 12, que incorpora el título de abogado como alternativa al de contador público nacional para acceder a la conducción del organismo.

Castro explicó que está elaborando un informe técnico para el bloque del PAyS y sostuvo que la conducción de la ATM debería contemplar una especialización técnica vinculada con la función tributaria.

El actual director de la ATM, Héctor Rubén Chesani, al presentar el presupuesto correspondiente al 2027, evitó emitir juicios personales ante el reclamo, argumentando que otras jurisdicciones del país aplican criterios diversos y que la resolución final quedará enteramente bajo el ámbito del debate parlamentario. 

La mirada desde el Colegio de Abogados
Desde el Colegio de Abogados de Misiones, tienen otra mirada. Es lo que planteó Antonio López Forastier titular de los letrados en la provincia. Sostuvo que la conducción de la Agencia Tributaria Misiones (ATM) no debería quedar restringida exclusivamente a contadores públicos. Presentó una nota ante la Cámara de Diputados y planteó que, además de la recaudación, el organismo interviene en procedimientos donde están en juego las garantías y el derecho de defensa de los contribuyentes.

El planteo que no se fundamenta únicamente en que se trate de incorporar a un profesional del derecho, sino en revisar el requisito dentro del funcionamiento de los organismos tributarios en otras jurisdicciones y de las competencias profesionales involucradas.
“Nosotros institucionalmente estamos absolutamente de acuerdo y no solamente porque sea la figura de un abogado”, señaló, al tiempo que consideró necesario analizar la situación “en su contexto tanto nacional como son otras jurisdicciones” y en relación con el régimen actualmente vigente en Misiones.

El contexto regional
Según el relevamiento presentado, de las 23 jurisdicciones locales, la mayoría no establece que quien ocupe la conducción de su organismo tributario deba contar con un título profesional determinado. Señaló que son tres las jurisdicciones que mantienen una exigencia vinculada específicamente al título de contador público, entre ellas Misiones, y mencionó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) como ejemplo del ámbito nacional, donde la conducción no requiere siquiera un título universitario específico.

López Forastier sostuvo que, si Misiones modificara su normativa, quedarían solamente otras dos provincias con una exigencia exclusiva de ese tipo, que identificó como Chaco y Entre Ríos.

La función tributaria excede el cálculo de impuestos
Uno de los argumentos centrales del Colegio de Abogados está relacionado con la naturaleza de las tareas que desarrolla una agencia tributaria. En este sentido, remarcó que un organismo recaudador no se limita a realizar cálculos matemáticos para establecer cuánto debe pagar un contribuyente. En su interpretación, la determinación de un impuesto también activa procedimientos administrativos y jurídicos en los que deben garantizarse derechos constitucionales. “A la hora de determinar impuestos no solo estamos haciendo números, sino que también hay que verlo desde el lado del contribuyente”, explicó.

En esa línea, señaló que la determinación de una obligación tributaria debe estar acompañada por las garantías constitucionales y el derecho de defensa, especialmente cuando un contribuyente considera que una decisión del organismo no se ajusta al ordenamiento jurídico. Para López Forestier, esa dimensión del funcionamiento tributario forma parte de las competencias específicas de los profesionales del derecho.

“La competencia tributaria a nivel judicial claramente la ejercen los jueces que derivan de la actividad de los abogados”, sostuvo, y planteó que esa característica también debería ser considerada al momento de definir los requisitos para conducir una agencia tributaria.

El propio régimen de la ATM ya contempla la sustitución por un abogado
Otro de los fundamentos expuestos surge, según explicó, de la propia normativa vigente en Misiones. El presidente del Colegio de Abogados mencionó el artículo 13 de la norma que regula actualmente el organismo, donde se establece que el subdirector puede ser abogado y que puede sustituir al director cuando este se encuentra ausente.

De esta manera, afirmó que el propio funcionamiento previsto por la legislación contempla que un profesional del derecho pueda asumir la conducción del organismo en determinadas circunstancias. “Hoy mismo, cada vez que por alguna razón de licencias o de alguna cuestión que impida el ejercicio al director general, un abogado, que podría ser -entiendo que hoy lo es- el subdirector, lo sustituye”, explicó.
A partir de esa situación, consideró que permitir que un abogado pueda acceder a la titularidad de la Agencia Tributaria Misiones resultaría compatible con el esquema existente.

 “La idoneidad técnica” como criterio
López Forastier también planteó que la discusión debería desplazarse del título profesional hacia la idoneidad para desempeñar la función. Según dejó ver, tanto un contador público como un abogado pueden reunir las condiciones técnicas necesarias para ejercer la conducción de un organismo tributario, aunque cada profesión aporta una formación diferente. “La Constitución no exige que tenga que ser necesariamente contador o abogado”, afirmó, y volvió a mencionar el caso del organismo recaudador nacional como referencia.

En esa línea, afirmó que la formación específica y la experiencia profesional deberían tener un peso relevante en la designación de quien ocupe el cargo.
Desde la perspectiva expresada por el Colegio de Abogados, la formación jurídica adquiere particular relevancia en aquellos aspectos relacionados con los procedimientos tributarios, los recursos administrativos y las garantías de los contribuyentes.

Consultado sobre la participación del Colegio de Abogados en el debate que se desarrolla en la Cámara de Diputados de Misiones, aclaró que la institución no había sido convocada formalmente; sin embargo, explicó que decidió hacer llegar su posición por iniciativa propia. “No hemos sido convocados. De todos modos, nosotros hemos hecho llegar esta opinión en el día de la fecha”, indicó.
Según precisó, el Colegio presentó una nota ante la comisión legislativa que analiza una posible modificación de la normativa, acompañada por los fundamentos jurídicos que sostienen la posición institucional.

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