Advierten un retroceso importante en lo ambiental si la reforma de la Ley de Tierras avanza
El proyecto impulsado por el Gobierno nacional para modificar la Ley de Tierras abrió un fuerte debate en Misiones. Organizaciones agrarias, ambientales y sociales reclaman a los legisladores nacionales por Misiones que no acompañen una iniciativa que, según advierten, podría facilitar la extranjerización del territorio y limitar la capacidad del Estado para intervenir en defensa de los recursos naturales.
La preocupación no se concentra únicamente en quiénes podrían comprar tierras rurales. También alcanza al modelo de propiedad que propone la reforma y a las dificultades que tendría el Estado para regular el uso de los terrenos cuando estén comprometidos bienes estratégicos como el agua, los bosques, los humedales, la biodiversidad o las zonas fronterizas.
Para Leonardo Villafañe, abogado ambientalista y docente en Derecho Ambiental, el proyecto representa un cambio profundo en la forma de interpretar la propiedad privada. “El principal problema de esta norma es que hay un cambio de concepción del derecho de propiedad”, explicó en diálogo con El Territorio.
La propiedad privada
Según el especialista, la propiedad privada es un derecho fundamental e inviolable, pero no absoluto. “Su ejercicio debe armonizarse con otros derechos reconocidos constitucionalmente, entre ellos el derecho de toda la población a vivir en un ambiente sano”.
Villafañe sostuvo que, además de su dimensión económica, la propiedad posee una función social, ecológica y ambiental. Esto significa que no puede analizarse solamente como un bien que genera patrimonio, rentabilidad o producción, sino también por sus efectos sobre la comunidad y el territorio.
“La propiedad tiene una función social, una función ecológica y una función ambiental. Debe orientarse también hacia el desarrollo común”, señaló.
La Ley vigente
En cuanto a La Ley 26.737, sancionada en 2011, regula la titularidad y posesión de tierras rurales por parte de personas físicas y jurídicas extranjeras. Entre sus principales disposiciones, establece un límite del 15% para la titularidad extranjera sobre el total de las tierras rurales del país. Ese mismo porcentaje se aplica en cada provincia, municipio o división administrativa equivalente.
También fija restricciones para evitar que una sola nacionalidad concentre una proporción significativa de ese territorio y establece un límite de 1.000 hectáreas en la denominada zona núcleo, o una superficie equivalente según la ubicación y capacidad productiva de las tierras.
En este sentido, en aquella oportunidad la normativa surgió con el objetivo de preservar el dominio nacional sobre el territorio rural y mantener controles sobre áreas que pueden contener recursos naturales estratégicos. “Aunque la propiedad privada continúa plenamente reconocida, la ley fija condiciones para evitar una concentración excesiva de tierras en manos extranjeras”, explicó el abogado sobre la Ley vigente.
Sobre la reforma
En este sentido, la iniciativa nacional busca eliminar varios de los límites cuantitativos que actualmente se aplican a personas y empresas privadas extranjeras. De avanzar, las provincias tendrían mayores facultades para autorizar o rechazar operaciones, mientras que el control nacional quedaría concentrado principalmente en los casos en los que el comprador sea un Estado extranjero o una empresa con participación estatal foránea.
El proyecto también incluye disposiciones contra el uso de testaferros o sociedades creadas para ocultar la identidad del verdadero comprador.
No obstante, Villafañe advirtió que algunas definiciones importantes quedarían sujetas a una futura reglamentación o a la actuación de autoridades todavía no claramente delimitadas.
Para el abogado, esas zonas grises podrían generar dificultades al momento de controlar operaciones o intervenir frente a conflictos ambientales. “El proyecto establece excepciones y deja muchos aspectos sujetos a la reglamentación. No define con claridad todos los pasos ni el alcance de la autoridad de aplicación”, indicó.
En este marco, Villafañe consideró que la reforma no debe analizarse únicamente como una apertura a la inversión extranjera. A su entender, forma parte de una concepción más amplia que coloca a la propiedad privada por encima de otros derechos y reduce las posibilidades de intervención estatal.
“Se entroniza demasiado el derecho de propiedad. Se lo convierte en un derecho prevalente y se lo pone por encima de otras perspectivas que también están constitucionalmente protegidas”, afirmó.
El artículo 17 de la Constitución Nacional establece la inviolabilidad de la propiedad. Sin embargo, el especialista recordó que esa protección no impide que el Estado establezca regulaciones destinadas a garantizar la utilidad pública, el bienestar general o la preservación ambiental. La Constitución contempla, incluso, la posibilidad de expropiación cuando exista una causa de utilidad pública declarada por ley y una indemnización previa.
Por eso, Villafañe evitó afirmar de manera concluyente que la reforma sea inconstitucional. Esa determinación, aclaró, correspondería al Poder Judicial ante un caso concreto. Sin embargo, sostuvo que el proyecto propone una interpretación muy distinta de la tradición constitucional argentina.
“No sé si hay que decir directamente que es inconstitucional. Lo que hay es una forma de interpretar la Constitución muy diferente de la que se viene haciendo. Es un cambio de paradigma”, explicó.
Según su análisis, la iniciativa podría crear una suerte de blindaje para los propietarios, frente al cual las intervenciones estatales serían consideradas excepcionales o incluso ilegítimas.
“Se entrega tanto poder a los propietarios que el Estado, si quiere intervenir, tendría que cumplir una serie de requisitos muy engorrosos”, advirtió.
Menor capacidad para proteger los recursos naturales
El punto central de las críticas es que ese fortalecimiento de los derechos individuales de los propietarios podría debilitar la capacidad estatal para desarrollar políticas ambientales. Es decir, las tierras rurales no representan solamente una superficie productiva. En ellas se encuentran bosques, nacientes, acuíferos, cursos de agua, humedales, minerales y ecosistemas esenciales para la conservación de la biodiversidad.
En una provincia como Misiones, caracterizada por su ubicación fronteriza y por albergar una parte significativa de la selva paranaense, el control sobre el uso de la tierra se encuentra directamente vinculado con la protección de esos bienes naturales.
Villafañe señaló que, bajo la concepción propuesta, las regulaciones ambientales podrían pasar a ser consideradas obstáculos para la explotación económica de la propiedad.
“La protección ambiental dejaría de aparecer como un interés socialmente válido y empezaría a verse como una afectación al derecho de propiedad, como un obstáculo al desarrollo o al progreso”, sostuvo.
El especialista consideró que este enfoque excede la reforma de una ley en particular. A su entender, está relacionado con un proceso general de desregulación y retiro del Estado de distintas áreas de intervención. “Tiene que ver con quitarle al Estado su capacidad de decidir a través de las políticas públicas”, afirmó.
Agregó que el problema podría manifestarse también en el futuro. “Un gobierno con una orientación diferente podría encontrarse con un régimen jurídico que limite considerablemente su capacidad para regular, preservar ecosistemas o establecer nuevas políticas públicas”.
“Cuando cambien las mayorías o el país tenga otra mirada, se puede encontrar con un escenario blindado”, expresó.
Retroceso ambiental
Villafañe también vinculó la discusión sobre las tierras con otras reformas ambientales, entre ellas las relacionadas con la Ley de Manejo del Fuego.
Para recordar, se trata de una normativa que establece restricciones para evitar que los terrenos afectados por incendios sean rápidamente destinados a emprendimientos productivos, inmobiliarios o agropecuarios. Su finalidad es impedir que el fuego sea utilizado como herramienta para modificar el uso del suelo.
Señaló que “la eliminación o flexibilización de esas restricciones podría constituir una regresión en materia ambiental”. “La mirada es regresiva y eso entra en conflicto con el principio de no regresión”, manifestó.
Según sostuvo, ese principio establece que los niveles de protección ambiental alcanzados no deberían ser reducidos de manera injustificada. Una vez reconocido un derecho o fijado un estándar de protección, el Estado debe evitar retrocesos que debiliten su aplicación.
Villafañe relacionó este deber con los compromisos asumidos por Argentina en materia de legislación ambiental y con el Acuerdo de Escazú, que garantiza el acceso a la información, la participación ciudadana y la justicia en asuntos ambientales.
La ausencia de participación ciudadana
El abogado cuestionó además la falta de instancias de debate público sobre reformas que podrían afectar leyes ambientales. Según sostuvo, cuando se modifican normas vinculadas con la protección del ambiente, deberían garantizarse mecanismos efectivos de participación, como las audiencias públicas.
“Cuando hablamos de un Estado ambiental de derecho y de la reforma de leyes de presupuestos mínimos, se requieren audiencias públicas para este tipo de procesos. No las hubo”, apuntó y manifestó que “la falta de participación ciudadana se profundiza cuando cambios de distinta naturaleza son incluidos dentro de paquetes legislativos extensos”.
“En una misma propuesta pueden aparecer reformas sobre propiedad, desalojos, expropiaciones, procesos judiciales y ambiente, aunque cada una tenga consecuencias y ámbitos de aplicación diferentes”, se refirió a las nuevas modificaciones propuestas.
Villafañe explicó, por ejemplo, que las reformas procesales nacionales no necesariamente se aplican en las provincias, ya que cada jurisdicción posee sus propias normas procesales.
“Se mezclan cuestiones nacionales, federales y provinciales dentro del mismo paquete. Y si alguien quiere acompañar una parte, termina obligado a aceptar también las demás”, cuestionó.
Luego, el especialista advirtió que la capacidad estatal para proteger el ambiente no depende solamente del contenido formal de las normas. “Una ley puede continuar vigente, pero perder efectividad si los organismos responsables no cuentan con presupuesto, personal, tecnología o recursos suficientes para aplicarla”, indicó y habló sobre la reducción de fondos destinados a la prevención y el manejo del fuego. “No hace falta modificar una ley para quitarle efectividad. Si no se ejecuta el presupuesto, la norma queda debilitada en la práctica”, explicó.
De este modo, señaló que la desregulación no se produciría solamente mediante la derogación de controles, sino también mediante el desfinanciamiento de las instituciones encargadas de hacerlos cumplir.
Consultado sobre la situación de la Ley de Tierras vigente, Villafañe reconoció que existen aspectos vinculados con la propiedad y la administración de los recursos que podrían revisarse. Sin embargo, consideró que, ante la orientación de la reforma propuesta, sería preferible no avanzar con modificaciones que debiliten los controles actuales.
“Viendo el panorama y cómo vienen estas propuestas, convendría no avanzar”, expresó. Sobre consecuencias, planteó que la reforma también podría alcanzar a quienes no están directamente involucrados en actividades agrarias o ambientales.
Luego, Villafañe planteó que la ampliación de la demanda extranjera podría impulsar procesos de especulación inmobiliaria y elevar el valor de las tierras.
Además, sostuvo que la ciudadanía debe evitar analizar la reforma únicamente a partir de consignas favorables o contrarias a la inversión. Afirmó que la discusión requiere preguntarse quiénes serán beneficiados, quiénes asumirán los costos y qué consecuencias tendrá el nuevo sistema dentro de varios años. “Hay que mirar un poco más allá y preguntarse a quién beneficia, a quién perjudica y qué puede suceder a largo plazo”, señaló.
También consideró necesario analizar el proyecto junto con el resto de las reformas impulsadas por el Gobierno. “No se puede pensar esta ley aisladamente. Hay que verla como parte de un sistema y preguntarse hacia dónde apunta ese sistema”, expresó.
Para el abogado ambientalista, el riesgo principal es que, en nombre de la defensa de la propiedad y de la atracción de inversiones, el Estado renuncie progresivamente a las herramientas necesarias para cuidar el territorio. “Si nadie puede involucrarse ni tomar decisiones vinculadas con el bien común, hay que estar atentos a qué derechos se están reconociendo y cuáles se están quitando”, concluyó.