2026-06-25

El fiscal pidió la pena máxima de 15 años de prisión para Zuachzer y la defensa buscó reducir su responsabilidad

El fiscal Fernández Rissi sostuvo que las pruebas demostraron un intento de homicidio precedido por años de amenazas y maltratos. El defensor Matías Olivera cuestionó esa versión y atribuyó el ataque a una reacción emocional desencadenada por un supuesto engaño. El veredicto está en manos del Tribunal.

En su alegato de clausura, el fiscal Juan Pablo Fernández Rissi solicitó una condena de 15 años de prisión para Francisco Adrián Zuachzer, la pena máxima prevista para el delito de homicidio agravado por el vínculo en grado de tentativa, mediando violencia de género. El representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que durante el debate quedó plenamente acreditado que el acusado actuó con la intención de matar a su expareja, Marcia Mattoso, “en un contexto previo y sostenido de violencia de género”.

Al fundamentar el pedido de condena, Fernández Rissi remarcó que las múltiples puñaladas dirigidas a zonas vitales del cuerpo evidencian el propósito homicida del acusado. "Las lesiones fueron realizadas con el claro propósito de quitarle la vida a la víctima", afirmó. En ese sentido, consideró que el caso no puede analizarse de manera aislada, sino como la culminación de años de amenazas, hostigamientos, maltratos y agresiones sufridas por la mujer durante la relación.

"Semejante nivel de violencia de un hombre contra su expareja muestra claramente la intención de quitarle la vida", expresó el fiscal. Además, señaló que los intentos de femicidio suelen estar precedidos por cuadros prolongados de sometimiento y violencia machista. "Se trata de una conducta patriarcal que atraviesa transversalmente a la sociedad y que lamentablemente se transmite de generación en generación. Es una violencia que debe ser erradicada", sostuvo ante el tribunal.

El fiscal también destacó la declaración de Mattoso, a la que calificó como "valiente", y aseguró que el expediente está respaldado por una contundente prueba de cargo. "No hay dudas de quién fue, qué hizo y cuál era su intención. Todos los testigos certificaron la existencia del ataque y corroboraron que el autor fue el acusado", afirmó durante su exposición.

Fernández Rissi recordó además que Zuachzer compartió con la víctima una relación de años y que ambos tienen hijos en común, circunstancia que, lejos de atenuar su conducta, agrava el análisis del caso. "En lugar de honrar ese vínculo con respeto, se ocupó de hostigar, amenazar, golpear y finalmente intentar matar a la madre de sus hijos, dejándole secuelas físicas y psicológicas irreparables y un temor constante sobre lo que pueda ocurrirle a ella y a su familia en el futuro", argumentó.

En otro tramo de su alegato, valoró especialmente el testimonio brindado por el padre de Mattoso, Luis Carlos, quien durante su declaración reflexionó sobre el rol de un hombre dentro de la familia y el respeto hacia su pareja. Según el fiscal, esos principios fueron sistemáticamente ignorados por el acusado a lo largo de la relación.

Para cerrar su exposición, Fernández Rissi citó los principios establecidos en la Convención de Belém do Pará y otras normas internacionales destinadas a prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. Sostuvo que Zuachzer "abarcó todos los presupuestos de la violencia de género" contemplados en esos instrumentos y afirmó que el intento de homicidio juzgado “fue la expresión más extrema de un proceso de violencia que la víctima venía padeciendo desde mucho tiempo antes”.

Por todo ello, el representante del Ministerio Público pidió al Tribunal Penal Uno que declare culpable a Zuachzer y le imponga una condena de 15 años de prisión, al considerar acreditada su responsabilidad penal.

Los alegatos de la defensa

Por su parte, el defensor oficial Matías Olivera solicitó al Tribunal una pena mínima para Zuachzer planteando dos escenarios distintos en cuanto al potencial grado de culpabilidad de su defendido. En su alegato, sostuvo como planteo principal la aplicación de la figura de emoción violenta, por la que requirió dos años de prisión (mínimo previsto para el delito contemplando esa figura) y, de manera subsidiaria, pidió que se contemple una culpabilidad disminuida del acusado al momento del ataque. En ese escenario, requirió una condena de 10 años de prisión.

El defensor centró buena parte de su exposición en cuestionar la prueba vinculada al contexto de violencia de género descrito durante el debate por la víctima y otros testigos. En ese sentido, remarcó que no existen denuncias formales previas por amenazas, agresiones o violencia sistemática contra Zuachzer. "Se habla de amenazas reiteradas, de violencia durante años, pero no hay sumarios policiales, denuncias ni actuaciones judiciales que respalden esas afirmaciones", argumentó. También cuestionó el testimonio del padre de Marcia Mattoso al señalar que, pese a describir reiterados hechos de violencia, nunca los denunció ante las autoridades.

Olivera sostuvo que las únicas constancias objetivas incorporadas al expediente son algunos mensajes posteriores al hecho, entre ellos uno en el que su defendido manifestaba arrepentimiento y otro intercambio con una efectiva policial antes de su detención. "De lo que se quiso denunciar hay capturas y evidencia. De lo demás no hay nada. Después de que ocurre un hecho así es fácil sentarse a decir que hubo amenazas o violencia durante años, porque son situaciones difíciles de comprobar", expresó.

A partir de esa postura, el defensor intentó desacoplar el ataque de un supuesto historial de violencia previa y circunscribirlo exclusivamente a lo ocurrido aquella noche. Según su planteo, Zuachzer atravesó una situación emocional extraordinaria al descubrir lo que interpretó como una infidelidad de quien consideraba todavía su pareja y con quien proyectaba una vida en común. "Pasa por la plaza y observa a la señora Mattoso junto a otro hombre, una persona de su confianza. Esa situación desencadena una reacción que no calculó ni planificó", sostuvo.

Para la defensa, ese episodio provocó un quiebre emocional que derivó en una pérdida de los denominados frenos inhibitorios. "Se le saltó la cadena", resumió Olivera, quien afirmó que su asistido actuó bajo un estado emocional que alteró significativamente su capacidad de autodeterminación. "Los frenos inhibitorios son los que nos controlan a todos. En Zuachzer fallaron en ese momento por lo que estaba ocurriendo", argumentó ante los jueces.

El defensor también utilizó como elemento favorable la conducta posterior al hecho. Señaló que, de haber tenido una voluntad firme de eludir a la Justicia, Zuachzer no habría regresado desde Brasil ni mantenido comunicaciones que luego fueron incorporadas a la causa. "Si no estuviera arrepentido, no hubiera vuelto. Lo hizo precisamente porque estaba arrepentido de lo que había ocurrido", sostuvo.

Sobre esa base, Olivera afirmó que en el caso están presentes todos los requisitos para considerar la emoción violenta o, al menos, una situación de culpabilidad disminuida. Según explicó, la capacidad de comprensión y autodominio de su defendido no era normal al momento del ataque, lo que debería ser ponderado al momento de dictar sentencia.

Por ello, pidió que el tribunal rechace la pretensión punitiva máxima impulsada por la Fiscalía y que, en caso de arribar a una condena, lo haga contemplando las circunstancias subjetivas que, a criterio de la defensa, reducen el grado de reproche penal atribuible a Zuachzer.

Los jueces están deliberando y en algunos minutos más se conocerá el veredicto.

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