Puerto Rico: intervino la Justicia en reclamo por aranceles de Aadi-Capif

miércoles 25 de abril de 2018 | 5:00hs.
Cada año, cuando las comisiones de padres comienzan a organizar el baile de recepción de los egresados de colegios secundarios de Puerto Rico, uno de los temas más controversiales es el “pago de Sadaic”, tal como se dice en las reuniones. Los problemas comenzaron a resolverse a partir de una iniciativa de padres de la Epet N°10, con el aval de la Justicia.
En toda esta región, históricamente Silvio Martínez ha sido el responsable de cobrar el arancel y cada baile costaba varios miles de pesos, cifras que según a quien se le consulta podía ir de 40 a 60 mil pesos y que “si se le regateaba, podía bajar a la mitad”.
La forma compulsiva en que se reclamaba ese pago, el desconocimiento sobre la existencia de una ley que regula esos aranceles y el temor de que en medio de la fiesta alguien interrumpa los festejos porque el pago no había sido el correcto hizo que por años las comisiones de padres de los colegios abonen las cifras que pedía Martínez.
Hay infinidad de anécdotas que dan cuenta de lo irregular que era el cobro de los aranceles de Aadi-Capif y muy pocos comprobantes, ya que por lo general el pago involucraba negociaciones, pedidos de rebajas y pagos que no figuraban en las facturas.
El año pasado, un grupo de padres de la Epet 10, encabezado por Roberto Bernal, contrató al abogado Julio Cristaldo para que los asesore sobre el pago del arancel, ya que estaban organizando el baile de recepción de sus hijos.
“Ellos habían hablado con Martínez antes de contactarse conmigo, el cobrador por ese baile les pedía 30 mil pesos, me consultaban para saber si la cifra era correcta”, explicó Julio Cristaldo a El Territorio.
Cristaldo comenzó a investigar y con el aval de la ley I-Nº 134 del Digesto Jurídico de Misiones y la resolución Nº 390/2055 de la Secretaría de Medios de Comunicación (Jefatura de Gabinete de Ministros) se presentaron ente el Juzgado de Paz de Puerto Rico e iniciaron el Expediente 141178/2017 “Bernal, Roberto y otros contra Aadi-Capif y/o Martínez, Silvio A”.

Pago por consignación
La presentación fue tan contundente que la Aadi-Capif  “se allanó, les dio la razón a los padres y aceptó el pago de 4.520 que ya había sido depositado en la cuenta bancaria y de la misma manera lo resolvió el juez de Paz, Juan Carlos Benítez Cruz”.
La presentación de los padres de la escuela técnica local puso en evidencia el irregular modus operandi de Martínez, quien manejó por años el cobro de aranceles a su antojo y con montos que variaban según la cara del cliente.
Este matutino dialogó también con dueños de radios y de salones de eventos, también con quienes organizaron oportunamente fiestas familiares, aniversarios, cumpleaños de 15 y con otras personas que algún momento tuvieron que lidiar con el cobrador. Todos coincidieron en manifestar que “la situación era muy irregular”. 
La mayoría manifestó su incomodidad y la vergüenza que les daba que los hayan engañado. Muchos padres que deben afrontar la organización de los bailes de este año se reunieron semanas atrás para informarse sobre el instrumento legal.

Qué establece la ley
El articulado de la legislación vigente es extenso y muy específico respecto de los aranceles que se deben abonar a Sadaic, Aadi-Capif o Argentores y sobre los derechos que tienen quienes organizan un evento en el que se reproduce música.
Entre otros detalles, establece el artículo 1º de la ley Nº134 que debe existir una oficina en cada cabecera departamental donde se debería hacer el trámite de pago, lo que no existe en Puerto Rico. En el artículo 4 dictamina específicamente que bajo ninguna circunstancia se puede interrumpir un evento y menos aún con la fuerza pública si no existiera una orden de un juez interviniente.
La Secretaría de Comunicación, en tanto, además de aprobar el pago de un arancel como derecho retributivo que debe abonar el usuario, establece en el artículo 10 que en caso de que el evento sea seguido de baile (donde se encuadrarían los bailes de recepción), se “pagará un 4 por ciento sobre el valor del cubierto de todos los asistentes”.