Inti declara ilegales a fotomultas por errores en la medición de velocidad

Jueves 22 de agosto de 2013
Dos modalidades. | En el país los cinemómetros pueden ser fijos o móviles.

El Instituto Nacional de Tecnología Industrial (Inti) tiene a su cargo la realización de ensayos anuales para la homologación y verificación de todos los cinemómetros que funcionan en la Argentina. Ello incluye a los aparatos portátiles y a los fijos en la rutas de nuestro país. El ensayo para garantizar el cumplimiento de la reglamentación vigente es un paso previo obligatorio para que la medición de velocidad tenga validez legal.
A raíz de lo anterior se detectó en el último año que más del 10 por ciento de los equipos rechazados por las autoridades nacionales se fundamentan en que las mediciones de velocidad no son obtenidas de manera correcta. Ello se fundamentaría en falencias propias de la fabricación de los aparatos.
En la mayoría de los casos las anomalías derivan de problemas con el software utilizado. Además, en los controles de velocidad cualquier fuente específica de ondas no puede ser identificada. Por ende el radar no puede determinar cuál blanco refleja cada onda. Si hay dos vehículos circulando próximos, cada auto debería ser  responsable de la lectura resultante de radar. Identificar al blanco es una dificultad para el operador radar, lo cual produce errores de forma frecuente, según informaron desde el Inti.  


La metodología
La verificación que realiza el Inti consiste en contrastar la indicación del cinemómetro a controlar con la indicación de un instrumento patrón estipulado para todos los aparatos que ya cuentan con la correspondiente homologación. 
Esto se lleva adelante en un autódromo donde se hace circular un móvil de prueba a distintas velocidades, cubriendo el rango de 30 a 150 kilómetros por hora (km/h). El error de medición del aparato debe ser menor que los límites impuestos por el reglamento. Es decir de más o menos tres km/h hasta los 100 km/h; e iguales valores desde los 100 km/h en adelante.
De acuerdo a los técnicos del Inti, los cinemómetros de instalación fija son verificados en su lugar de colocación.
En todos los casos se controla también el software instalado en cada equipo y sus componentes físicos, que deben ser coherentes con la aprobación del modelo.
Si se determina que el aparato cumple la reglamentación vigente se aplican precintos para evitar maniobras fraudulentas y se habilita el aparato para operar por un nuevo período de un año.
Para que una multa por exceso de velocidad realizada con cinemómetros o fotoradares tenga validez, la infracción debe haber sido registrada con un equipo verificado por el Inti. Ello acorde al contenido de la Resolución 753/98 de la ex Secretaría de Industria y Comercio.
En la multa debe constar fecha, hora y minuto de la medición; la velocidad del vehículo afectado en kilómetros por hora.
Además de la ubicación geográfica del cinemómetro (calle y número o intersección o bien ruta, kilómetro y localidad); junto con la velocidad máxima autorizada en el lugar; y los respectivos datos del cinemómetro, tales como marca, modelo y número de serie, además del código de aprobación de modelo.
Si en la multa no aparecen estos datos del equipo, el ciudadano tiene la posibilidad de exigirlo a la autoridad que confeccionó la multa o bien averiguarlo a través del Inti, en cuya página web está disponible un listado de cinemómetros con verificación vigente.
Esta es la garantía jurídica para el ejercicio del legítimo derecho de defensa del presunto infractor y es análogo a la identificación y firma de la autoridad de control.
Las exigencias para el funcionamiento de los cinemómetros están pautadas en la Ley 19.511 de Metrología.
Se trata de una normativa nacional y obligatoria en todas las jurisdicciones provinciales y municipales del país, independientemente de que una provincia haya adherido o no a la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449.
El incumplimiento debe ser denunciado en el Programa de Metrología Legal del Inti o al área de Metrología Legal de la Dirección Nacional de Comercio Interior.

Lugares de instalación
Manuel Keumurdji, jefe del servicio jurídico permanente de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV), profesional que trabaja con miras a salvaguardar los derechos de los usuarios de la red vial nacional en los casos donde el procedimiento implementado para fiscalizar el tránsito vehicular es ilegal, sostuvo que los controles sobre las rutas nacionales se deben realizar en los tramos donde se concentran accidentes.
Los lugares donde están emplazados muchos de los cinemómetros, no responden a esta premisa, hecho que demuestra que el objetivo perseguido apunta a aprovecharse de incautos conductores con el único fin de recaudar.
Aclaran además que el artículo 41 de la Ley de Procedimientos Administrativos dispone que podrá notificarse por cualquier medio que dé certeza de la fecha de recepción del instrumento en que se recibió la notificación. Esta misma ley estipula en su Artículo 44 que toda notificación que se hiciere en contravención de las normas precedentes carecerá de validez. Para considerarse fehaciente la notificación, ésta deberá ser recibida en el domicilio del presunto infractor y ser firmada por alguien allí, a modo de demostrar que se recibió el acta de infracción como corresponde.

Cómo funciona
Un cinemómetro es un dispositivo diseñado para medir en tiempo real, la velocidad de un móvil. Los cinemómetros fijos suelen medir la velocidad mediante sensores establecidos en las calzadas.
Los cinemómetros portátiles más comunes utilizan el efecto doppler, determinando la velocidad en función de la diferencia de frecuencia entre la onda emitida y la reflejada por el móvil o una emisión láser.
También hay cinemómetros portátiles láser, que emiten un haz láser y miden el tiempo que demora en retornar su reflejo desde el móvil, calculan la distancia a la que se encuentra el móvil y en base a la medición de varias distancias sucesivas calculan la velocidad.

Ilegalidad
De acuerdo a la legislación vigente, y según el contenido de la Ley 24.449 se cometen ilegalidades al tomar una fotomulta cuando el radar que tomó la supuesta infracción no está autorizado para su uso en rutas nacionales. A ello se suma cuando no hay una señalización adecuada que advierta la presencia de los radares.
Tampoco cuando no se divisan inspectores de tránsito o una autoridad oficial que notifique al infractor en el lugar de la supuesta infracción. Además de la falta de homologación por parte del Estado Nacional del cinemómetro, que es el aparato utilizado para medir la velocidad con la que pasan los vehículos por un lugar específico.


Recomendaciones
Dos de los vecinos posadeños perjudicados por el sistema de cinemómetros, Silvina Flores y Alejandro Szeliga, empezaron a contactarse con gente que padeció el mismo problema y que no pudo defenderse ante las multas por supuestas infracciones.
Averiguando sobre el problema en internet, otros damnificados les recomendaron el portal
www.ciudadyderechos.org.ar de la Defensoría del Pueblo de Buenos Aires.
Allí se provee a ciudadanos algunas pautas sobre el tema de las fotomultas.
En el escrito se determina que aparecen los sistemas de control inteligente de tránsito que a partir de la utilización de radares o equipos electrónicos permiten la captación de infracciones a través de fotografías (las “fotomultas”).
En nuestro país es aplicado en la ciudad de Buenos Aires, en algunas provincias y municipios.
Para que las fotomultas tengan plena validez se requiere el cumplimiento de ciertos requisitos técnicos y legales.
Pues la aplicación de nueva tecnología en materia de tránsito vehicular, sostiene “no debe hacernos olvidar que la finalidad de las infracciones debe ser, principalmente, de carácter preventivo y no meramente recaudatoria”.
Deberá contemplar, como mínimo, la identificación del vehículo; la infracción cometida; el lugar, día y hora en que se produjo ésta; los equipos y sistemas que se utilicen con la finalidad señalada deberán contar con aprobación oficial. Además la respectiva notificación al infractor deberá hacerse in situ, es decir en el lugar de la supuesta transgresión legal.